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Montse Cespedosa, experta en hipotecas: "Si compras una casa de 300.000 euros, 78.000 son costes acumulados de impuestos" 1

Montse Cespedosa, experta en hipotecas: "Si compras una casa de 300.000 euros, 78.000 son costes acumulados de impuestos"

La carga fiscal oculta en la compra de una vivienda nueva

Cuando negocias el precio de una vivienda, rara vez se habla de lo que realmente te cuesta. Los impuestos son el factor silencioso que infla considerablemente la inversión final. En el caso de una vivienda de obra nueva, esta realidad es particularmente severa.

Imagina que encuentras una propiedad tasada en 300.000 euros. Parece claro, ¿verdad? La realidad es que ese precio inicial no refleja el coste total que vas a soportar. A esos 300.000 hay que sumar 78.000 euros en impuestos acumulados. Es decir, casi 26.000 euros de cada 100.000 invertidos se van en carga fiscal.

¿De dónde salen esos impuestos? El promotor debe pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales cuando adquiere el terreno, un gasto que luego traslada al precio de venta. Más tarde, durante la construcción, afronta nuevas tasas por licencias y gestiones administrativas que también se incorporan al valor final. Y cuando tú estampas tu firma en la escritura, el golpe se completa: pagas un 10% de IVA más el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. En el ejemplo anterior, eso suma más de 32.000 euros adicionales.

El problema es que esta estructura fiscal no siempre es evidente. Muchos compradores desconocen que parte importante de lo que pagan no es por la vivienda en sí, sino por los gravámenes que genera la transacción. Es un gasto que afecta especialmente a quien compra por primera vez, porque no tiene experiencia previa y tiende a enfocarse en la hipoteca sin analizar el resto de partidas.

Lo que deberías revisar antes de firmar:

  • Solicita al promotor un desglose completo de impuestos incluidos en el precio
  • Calcula qué porcentaje del coste total corresponde a carga fiscal
  • Valora si existen bonificaciones o reducciones en tu comunidad autónoma
  • Consulta con un asesor antes de cerrar la operación, no después

La realidad es que esta presión fiscal es cada vez más difícil de sostener para quien quiere acceder a la propiedad. El equilibrio entre incentivar la compra de vivienda y mantener ingresos públicos no es tarea fácil, pero conviene que seas consciente de qué parte de tu dinero se destina a impuestos y cuál a la vivienda propiamente dicha.

Fuente original: www.elperiodico.com

Niño Becerra, economista: "Si la concesión de hipotecas se facilita pero detrás no hay una renta que pueda hacer frente al pago es como no hacer nada" 2

Niño Becerra, economista: "Si la concesión de hipotecas se facilita pero detrás no hay una renta que pueda hacer frente al pago es como no hacer nada"

Facilitar hipotecas sin subidas de salario no resuelve el problema

La crisis de la vivienda ha calado profundo en la ciudadanía. Muchas personas han dejado de ver la compra de un piso como algo alcanzable, y el Banco de España ha llegado a calificar esta situación como una «emergencia nacional». Ante este panorama, distintos economistas analizan si las medidas que se plantean son suficientes.

El economista Santiago Niño-Becerra señala un problema clave: que los bancos faciliten el acceso a créditos hipotecarios solo tiene sentido si detrás existe una capacidad real de pago. Si esa capacidad no existe, las medidas quedan vacías. Según su análisis, cualquier iniciativa que no vaya acompañada de un aumento de los salarios es, en la práctica, insuficiente. Sin rentas que crezcan, las familias seguirán encontrándose con las mismas dificultades para hacer frente a las cuotas mensuales.

Lo que complica aún más la situación es el contexto económico general. Desde la pandemia, España ha enfrentado crisis encadenadas: problemas energéticos, geopolíticos y una ralentización del progreso económico. La vivienda pública, que podría ser un amortiguador, representa apenas el 1,5% de la oferta total en España. Este bajo porcentaje es resultado de políticas públicas que, desde los años 50, no han priorizado este sector.

En ciudades como Madrid o Barcelona, los precios de la vivienda han subido considerablemente, amplificando la presión económica. A esto suma que la entrada de una hipoteca requiere, como mínimo, el 20% del valor del inmueble. Para muchos, reunir esa cantidad inicial es ya un obstáculo insalvable.

Niño-Becerra observa también que los gobiernos europeos, en general, no tratan este asunto como una prioridad, lo que retrasa las soluciones reales. Esta falta de urgencia tiene consecuencias: los efectos negativos se prolongan y se enquistan con el tiempo.

Cuando examines ofertas hipotecarias o valores de entrada, ten presente que el problema no es solo el interés o las condiciones del crédito. La capacidad de pago está condicionada por algo que escapa a la negociación bancaria: tu salario. Por eso, antes de firmar cualquier hipoteca, asegúrate de que el esfuerzo mensual no te deja al límite financiero. Un crédito fácil de obtener pero imposible de mantener acaba siendo un problema más grave que no acceder a él.

Fuente original: www.elperiodico.com

El Gobierno cambia los requisitos del aval del ICO a la hipoteca para llegar a más gente 3

El Gobierno cambia los requisitos del aval del ICO a la hipoteca para llegar a más gente

Las nuevas puertas del aval hipotecario del ICO

Hace un par de años, el Gobierno lanzó un instrumento financiero pensado para facilitar el acceso a la vivienda: el aval del ICO a la hipoteca. Su funcionamiento es sencillo: el ICO respalda el 20% de la garantía que exige el banco, permitiendo que este financie hasta el 100% del precio en lugar del 80% habitual. La intención era clara: llegar a 50.000 hogares. Los números, sin embargo, han sido decepcionantes. Apenas se han suscrito poco más de 10.000 avales, muy por debajo de lo previsto.

¿Por qué tanta diferencia entre lo esperado y lo realizado? Los requisitos para acceder eran demasiado restrictivos, especialmente en lo relativo a los ingresos máximos permitidos. El Gobierno ha tomado nota y ha decidido cambiar las condiciones para que el programa llegue realmente a más personas.

Los cambios principales

  • Ingresos máximos más altos y variables por provincia: antes había un único límite de 37.800 euros brutos al año por persona. Ahora los límites oscilan entre 63.000 euros en provincias como Barcelona, Madrid, Málaga, Guipúzcoa o Vizcaya, y 37.800 euros en el resto. Cada menor a tu cargo suma 2.520 euros adicionales, y si eres familia monoparental, tu límite sube un 70%.
  • Patrimonio neto aumentado: el máximo permitido pasa de 100.000 a 150.000 euros. Recuerda que el patrimonio neto es lo que posees menos lo que debes: bienes inmuebles, dinero en cuentas, vehículos, restado a préstamos y deudas.

Los demás requisitos permanecen inalterados. Debes tener como máximo 35 años (o ser familia con menores a cargo), residir legalmente en España hace al menos dos años, tener un historial de pagos limpio, que la vivienda sea tu residencia habitual y no ser propietario de otra. Además, el precio del inmueble no puede superar los límites establecidos para tu comunidad autónoma según lo que publique el ICO.

Lo que debes saber desde el punto de vista legal

Este tipo de programas son buenas oportunidades, pero requieren que leas bien las condiciones. Un error común es no verificar que cumples realmente todos los requisitos antes de solicitar, especialmente los relativos al patrimonio neto y a los ingresos. Algunos compradores no descuentan correctamente sus deudas al calcular el patrimonio, lo que puede llevar a sorpresas desagradables después. También es importante que confirmes el límite de precio de vivienda en tu provincia: excederlo invalida automáticamente tu solicitud.

Si estos cambios siguen sin permitirte acceder al aval, explorar otras vías es lógico: algunos bancos conceden hipotecas al 100% a perfiles jóvenes o muy solventes, y varias comunidades autónomas ofrecen ayudas propias como préstamos o avales.

Fuente original: www.helpmycash.com

El precio del euríbor hoy, 25 de junio: duro golpe para los titulares de una hipoteca 4

El precio del euríbor hoy, 25 de junio: duro golpe para los titulares de una hipoteca

Cómo afecta el repunte del euríbor a tu hipoteca variable

El euríbor es el índice que determina cuánto pagas de intereses en tu hipoteca variable. Se calcula cada día a partir de los tipos que se aplican entre los 18 bancos más importantes de la Eurozona cuando se prestan dinero entre ellos. Esa cifra diaria es la que se usa como referencia para productos financieros como hipotecas, créditos empresariales e inversiones.

Después de un 2025 con tendencia a la baja (cerró en 2,267% después de empezar en 2,525%), 2026 ha traído un cambio de signo. Desde marzo, el índice ha ido subiendo de forma progresiva. Hoy está en 2,785%, y la media del mes de junio ronda el 2,806%. Comparado con junio de 2025, la diferencia es de 0,725 puntos porcentuales.

Esto tiene un impacto real en tu bolsillo. Toma una hipoteca típica: 150.000 euros de principal, 25 años de plazo, con un diferencial de euríbor +1%. Si se revisa anualmente, cada revisión te subirá aproximadamente 13 euros al mes, o sea, unos 155 euros anuales. Si tienes revisión semestral, la subida es casi el doble: cerca de 30 euros mensuales, lo que suma unos 178 euros cada seis meses. En porcentaje, equivale a un incremento cercano al 4% de tu cuota.

Qué está detrás de este cambio

La subida no es casual. Marzo marcó un punto de inflexión tras meses de cierta estabilidad. Las tensiones geopolíticas en Oriente Medio han generado incertidumbre en los mercados financieros y empujado las expectativas de tipos al alza. El índice ha llegado a rozar el 3% en cotizaciones diarias, niveles que no se veían desde finales de 2024.

Lo complejo ahora es que el mercado es más impredecible. Los factores externos siguen condicionando la evolución del euríbor, y eso hace difícil anticipar cómo se comportará en los próximos meses.

Qué debes tener en cuenta

  • Si tu hipoteca tiene cláusula de revisión, comprueba cuándo se produce la próxima. Esto es decisivo para cuantificar el impacto real en tu economía.
  • Revisa tu contrato hipotecario y confirma cuál es tu diferencial exacto. A veces no es euríbor +1%, sino otra cantidad.
  • Un error habitual es no distinguir entre el euríbor diario (que cada día cambia) y el euríbor que se aplica en tu revisión (que suele ser la media de un mes concreto, según tu contrato).
  • Si has estado pagando cuotas más bajas en los últimos meses, prepárate mentalmente para que esa tendencia se ha revertido.

Antes de que llegue tu próxima revisión, analiza con detenimiento tu situación. Algunos hipotecados se plantean en esta fase cambios de producto, aunque esa decisión siempre requiere sopesar costes y beneficios reales.

Fuente original: www.elperiodico.com

¿Un insolvente puede liberarse de parte de su hipoteca si pierde su vivienda habitual? 5

¿Un insolvente puede liberarse de parte de su hipoteca si pierde su vivienda habitual?

Cuando la vivienda se pierde: ¿qué pasa con el exceso hipotecario?

Imagina que tienes una hipoteca de 300.000 euros sobre tu vivienda habitual, pero por circunstancias económicas graves pierdes la casa. Tras su venta, solo se obtienen 250.000 euros. Te quedan 50.000 euros de deuda. La pregunta que ahora se plantea ante los tribunales europeos es fundamental: ¿ese exceso puede ser perdonado en tu proceso de insolvencia, o estás obligado a seguir pagándolo?

Un tribunal de Murcia ha elevado esta cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea porque la ley española lo permite en algunos procedimientos, pero no en otros. Aquí está el problema: existe una inconsistencia normativa que afecta directamente a tu situación.

La diferencia que complica todo

Cuando un insolvente negocia con sus acreedores a través de un «plan de pagos», la legislación española contempla expresamente que esa parte del préstamo que no está cubierta por el valor real de la vivienda pueda ser exonerada. Es decir, podrías verte libre de esos 50.000 euros en este procedimiento.

Pero si tu caso entra en un concurso sin masa y sin liquidación (una categoría procesal distinta), esa misma posibilidad no aparece claramente prevista. La norma no dice qué hacer con ese exceso hipotecario. Esto genera una situación absurda: la realidad económica es idéntica, pero el resultado legal depende del camino procesal que tomes.

Por qué esto importa en tu caso

Si eres un deudor insolvente que ha perdido tu vivienda habitual, el trato que recibas sobre esa deuda restante puede significar años de obligaciones de pago o liberación completa. No es un detalle menor.

Los jueces murcianos sostienen que la Directiva europea 2019/1023, que regula estos procedimientos de insolvencia en toda la UE, probablemente no permite que un mismo problema tenga soluciones distintas según el procedimiento elegido. Eso sería discriminatorio.

Qué debes tener en cuenta ahora

  • El proceso está en suspenso hasta que Europa responda. Mientras tanto, no hay claridad legal.
  • Si estás en situación de insolvencia e hipotecado, el tipo de procedimiento que se abra es determinante para tu futuro financiero.
  • Muchos deudores desconocen que en algunos procedimientos el exceso hipotecario puede recibir trato de deuda ordinaria exonerable, mientras que en otros no está claro.
  • La regulación actual genera inseguridad jurídica: dos personas en la misma situación pueden tener derechos completamente distintos.

Esto es un ejemplo claro de cómo las leyes, cuando se redactan sin coherencia entre distintos procedimientos, terminan creando trampas. Si te enfrentas a una situación de insolvencia con deuda hipotecaria, es imprescindible que entiendas cuál es el procedimiento más favorable en tu caso concreto antes de actuar.

Fuente original: www.economistjurist.es

¿Firmó su hipoteca hace 20 años? El Supremo abre la puerta a recuperar gastos que muchos creían perdidos 6

¿Firmó su hipoteca hace 20 años? El Supremo abre la puerta a recuperar gastos que muchos creían perdidos

Hipotecas antiguas: el Supremo cambia las reglas sobre qué reclamaciones han prescrito

Si firmaste una hipoteca hace dos décadas, probablemente te dijeron que era demasiado tarde para reclamar los gastos que te cobraron. Una resolución reciente del Tribunal Supremo indica que esa conclusión podría ser errónea en muchos casos.

Durante años fue práctica habitual que los bancos incluyeran en las hipotecas cláusulas que te obligaban a pagar todos los gastos de la operación: notaría, registro, gestoría y otros conceptos asociados al préstamo. Los tribunales han venido considerando que muchas de estas cláusulas eran abusivas porque te trasladaban costes que, según la normativa, no debían recaer solo sobre ti.

Aquí aparece el conflicto. Cuando empezaste a reclamar esos gastos años después de haberlos pagado, los bancos levantaron una defensa: aunque la cláusula fuese nula, la acción estaba prescrita. Si abonaste los gastos en 2002, 2005 o 2008, argumentaban, había pasado demasiado tiempo. Muchos juzgados aceptaron este razonamiento al principio.

El Tribunal Supremo acaba de corregir ese criterio. El Auto de 11 de junio de 2026 reafirma una doctrina clave: el plazo para reclamar no comienza cuando pagaste los gastos, sino cuando existe una sentencia firme que declara nula la cláusula que te obligó a pagarlos. Es un cambio sustancial.

¿Por qué importa? Porque crea una realidad incómoda para los bancos: un consumidor podría no saber que una cláusula era abusiva durante años, y aun así tendría derecho a reclamar después de que un tribunal lo confirmara. El mero paso del tiempo desde la firma de la hipoteca ya no extingue automáticamente tu derecho.

El caso que analizó el Supremo tenía su origen en hipotecas de 2002 y 2006. A pesar de esa antigüedad, el tribunal rechazó la idea de que la acción estuviera muerta por prescripción. Además, la entidad bancaria terminó allanándose al recurso y mostró su disposición a devolver las cantidades con intereses. Cuando un banco se rinde en una fase tan avanzada, suele significar que la jurisprudencia lo deja pocas opciones.

Qué debes considerar si piensas reclamar

No todo es automático. Cada caso depende de factores concretos: la fecha exacta del préstamo, las cláusulas específicas de tu escritura, los gastos que efectivamente pagaste y si hay procedimientos previos sobre el mismo tema. Necesitas valorar tu situación particular.

Lo que sí es cierto es que muchas personas descartaron reclamar creyendo que habían prescrito. Esa conclusión podría no ser correcta. Si guardas documentación de la hipoteca y los gastos cobrados, replantéate si tu reclamación sigue siendo viable. La jurisprudencia más reciente del Supremo sugiere que el tiempo transcurrido desde la firma ya no es, por sí solo, la barrera definitiva que parecía.

El fondo de esta cuestión va más allá del dinero. La protección del consumidor pierde sentido si el plazo de reclamación comienza antes de que puedas saber razonablemente que algo es abusivo. Por eso tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea insisten en que la prescripción no puede hacer imposible o excesivamente difícil ejercer tus derechos como consumidor.

Fuente original: www.economistjurist.es

La inscripción de hipotecas sobre viviendas subió tímidamente en abril: +2,3% anual, según el INE 7

La inscripción de hipotecas sobre viviendas subió tímidamente en abril: +2,3% anual, según el INE

El mercado hipotecario pierde impulso mientras suben los importes de las operaciones

El crecimiento de las inscripciones hipotecarias sobre viviendas se ha ralentizado de manera considerable. En abril, el número de hipotecas registradas creció apenas un 2,3% respecto al año anterior, muy por debajo de lo que se observó en los meses previos: marzo cerró con un 9% y febrero con un 16,3%. Este desaceleramiento contrasta con una tendencia preocupante: las compraventas de vivienda llevan cuatro meses consecutivos en descenso.

¿Qué explica esta aparente contradicción? Que mientras menos gente compra viviendas, quienes lo hacen necesitan más dinero prestado. Los precios de los inmuebles superan los 2.000 euros por metro cuadrado en España según el Consejo General del Notariado, cifra que incluso está por encima de la registrada durante la burbuja inmobiliaria de principios de siglo. Eso obliga a más compradores a recurrir a financiación bancaria, lo que explica por qué siguen creciendo las operaciones hipotecarias a pesar de que menos gente acceda al mercado.

En números absolutos, en abril se inscribieron 40.010 hipotecas sobre viviendas. Pero donde la presión es más evidente es en los importes: el capital total prestado superó los 6.900 millones de euros, un 13,7% más que en el mismo mes de 2025. La hipoteca media alcanzó 173.331 euros, con un incremento anual del 11,1%.

Disparidades territoriales y tipos de interés al alza

La inscripción de hipotecas no se distribuye de manera uniforme. Castilla-La Mancha (+18,7%), Cataluña (+18,5%) y Asturias (+12,5%) registraron los mayores aumentos. En el lado opuesto, Islas Baleares (-23,9%), Navarra (-20,9%) y Extremadura (-9,9%) experimentaron descensos significativos.

Otro cambio relevante afecta a los tipos de interés. El tipo medio se situó en el 2,90%, la cifra más alta de los últimos cinco meses. En las hipotecas a interés variable, el promedio fue del 2,97%, mientras que en las de tipo fijo se quedó en el 2,86%.

A pesar de que los tipos variables han subido más, el 62,9% de las hipotecas inscritas en abril mantienen un tipo fijo. Esto es importante que lo tengas en cuenta si estás negociando hipoteca: el tipo fijo sigue siendo mayoritario, aunque pierde terreno gradualmente. Fijarse únicamente en el tipo inicial sin considerar la evolución futura de las cuotas es uno de los errores más comunes. Cuando los tipos suben, las operaciones a interés variable se encarecen más, pero ofrecen potencial de ahorro si el mercado se revierte. Las de tipo fijo cierran la incertidumbre desde el principio.

Fuente original: www.helpmycash.com

Reclamar seguro de prima única financiada en hipoteca - Consultin abogado bancario

Seguro de prima única financiada en hipoteca: cómo reclamar

Hay miles de hipotecas en España en las que el banco, además del préstamo, financió dentro del propio capital una prima única de un seguro de amortización o vida. El resultado es que en la cuenta del cliente se ingresó menos dinero del que figuraba en la escritura, y ese sobrecoste —que no siempre fue ofrecido como una decisión libre— pasó a pagar intereses junto al resto del préstamo durante 20 o 30 años.

La línea jurisprudencial más reciente de varias Audiencias Provinciales está considerando esta cláusula potencialmente abusiva cuando el seguro se impuso como condición para firmar la hipoteca y no se le explicó al consumidor en términos claros. En este artículo te explicamos en qué consiste la práctica, cómo detectar si te ha pasado y qué opciones tienes para reclamar.

¿En qué consiste el seguro de prima única financiada?

En una operación tipo, el cliente firma una hipoteca por, por ejemplo, 200.000 €. Pero el banco no le ingresa 200.000 €: le abona 192.000 € y los 8.000 € restantes los retiene para pagar la prima única de un seguro de amortización (también llamado seguro de vida vinculado al préstamo). A partir de ahí, el cliente paga intereses sobre los 200.000 € durante todo el plazo de la hipoteca, aunque solo ha recibido 192.000.

Los tribunales están analizando estas operaciones bajo dos prismas: la transparencia con la que se explicó el producto al consumidor y si su contratación fue presentada, de hecho, como condición vinculada a la firma de la hipoteca.

Señales para saber si te lo han hecho

Estas son las situaciones que con más frecuencia identifican los afectados al revisar su hipoteca:

  • En la escritura figura un capital prestado de X €, pero en tu cuenta se ingresó menos cantidad de la firmada.
  • Hay una retención específica identificada como prima de un seguro de vida, amortización o protección de pagos.
  • El comercial te dijo, de palabra o por correo, que el seguro era imprescindible para que aprobaran la hipoteca.
  • No firmaste el seguro en una póliza separada, en un acto distinto y con tiempo para comparar; te llegó dentro del propio paquete hipotecario.
  • El seguro tiene prima única (pago de golpe al inicio) en lugar de prima anual renovable, lo que es típico cuando va financiado dentro de la hipoteca.

Si te suena alguno de estos puntos, hay base razonable para que un profesional revise tu escritura y la oferta vinculante.

Marco jurídico: por qué los tribunales declaran nulas estas cláusulas

El examen de estas operaciones se apoya principalmente en tres bloques normativos:

  • Art. 17 de la Ley 5/2019 (LCCI): regula las ventas vinculadas. Con carácter general prohíbe vincular la concesión de un préstamo a la contratación de otros productos financieros del mismo prestamista, salvo excepciones tasadas.
  • Control de transparencia: las cláusulas que afectan a un elemento esencial del contrato (como el coste real del préstamo) deben ser comprensibles para un consumidor medio, no solo gramaticalmente legibles.
  • Arts. 82, 86 y 89 del TRLGDCU: declaran nulas las cláusulas que generan un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor o que se imponen sin negociación individual.

Diversas Audiencias Provinciales vienen declarando nulas estas cláusulas y condenando a la devolución de las cantidades indebidamente cobradas, más los intereses correspondientes. Cada caso debe valorarse individualmente: el resultado dependerá de la documentación de la operación y de cómo conste, o no, la imposición del seguro.

Entidades en las que se ha detectado esta práctica

Esta operativa no es exclusiva de un único banco, pero se ha identificado en operaciones de varias entidades de gran tamaño. En el caso de BBVA se han venido analizando contratos en los que se incluía la financiación de la prima única de un seguro vinculado al préstamo, y existen ya pronunciamientos judiciales que han declarado nula esta cláusula en operaciones concretas.

Hablamos de prácticas que se están cuestionando ante los tribunales, no de afirmaciones generalizadas sobre la entidad. Si tu hipoteca cumple las señales descritas más arriba, sea cual sea el banco, lo razonable es revisar la escritura y la oferta vinculante con un especialista antes de descartar o asumir nada.

¿Qué se puede reclamar y cómo?

  1. Análisis previo del caso: revisión de escritura, oferta vinculante y póliza para evaluar si concurren los requisitos de nulidad.
  2. Reclamación extrajudicial ante el banco solicitando la devolución de la prima financiada y los intereses pagados sobre ella.
  3. Vía judicial si el banco rechaza la reclamación, mediante demanda de nulidad de la cláusula y restitución de cantidades.

El importe recuperable depende del valor de la prima inicial y de los años que llevas pagando intereses sobre ella. En operaciones de varios años suele tratarse de cantidades relevantes.

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si me han impuesto un seguro de prima única?

La señal más clara es comparar el capital que figura en tu escritura de hipoteca con el que de verdad se ingresó en tu cuenta el día de la firma. Si hay diferencia y en los documentos aparece una retención por seguro de vida, amortización o protección de pagos, hay base para revisar el caso.

¿Puedo recuperar el dinero que pagué por el seguro y por sus intereses?

Sí, si la cláusula se declara nula la consecuencia es la restitución de las cantidades indebidamente cobradas: la prima financiada y los intereses pagados sobre ella durante la vida del préstamo. Cada caso debe valorarse individualmente.

¿Qué plazo tengo para reclamar?

Las acciones de nulidad por abusividad son imprescriptibles según la doctrina aplicable a cláusulas abusivas en contratos con consumidores. La acción de restitución de las cantidades cobradas tiene un régimen propio que el profesional valorará al revisar tu caso.

¿Hay que demandar siempre o existe vía previa?

Lo habitual es presentar primero una reclamación extrajudicial ante el Servicio de Atención al Cliente del banco. Solo si la respuesta es negativa o no se obtiene contestación se acude a la vía judicial.

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Si crees que el banco te financió un seguro de prima única al firmar tu hipoteca, déjanos tus datos y un breve resumen. Te llamaremos para valorar el caso sin compromiso.

Aviso: el contenido de este artículo es informativo y de divulgación. No constituye asesoramiento jurídico ni sustituye al análisis individual de un profesional. Cada operación debe valorarse de forma específica.

Aviso urgente para los que tienen una hipoteca mixta: la cuota puede dispararse en 2026 8

Aviso urgente para los que tienen una hipoteca mixta: la cuota puede dispararse en 2026

El cambio de mixta a variable en 2026: qué esperar y cómo actuar

Si firmaste una hipoteca mixta entre mediados de 2023 y 2024, tienes que saber que dentro de poco tu cuota va a cambiar. El período de interés fijo está terminando en muchas de esas operaciones, y cuando se convierta a variable, el pago mensual subirá. No es sorpresa, pero conviene que lo tengas presente y que no dejes la refinanciación para el último momento.

Entendamos primero por qué los bancos empujaron tanto estos productos. En la segunda mitad de 2023, los tipos de referencia del Banco Central Europeo alcanzaban el 4,5%, y el euríbor superaba también el 4%. Las hipotecas fijas rondaban el 3,5% de media, lo que resultaba caro. Las variables presentaban riesgo. La solución intermedia fue la mixta: un interés fijo bajo durante los primeros años (dos, tres, cuatro o cinco según el contrato) y después cambio a variable. Los bancos lo presentaban como un ganar-ganar: cuota tranquila al principio y opción de maniobra después.

Funcionó comercialmente. Según el Banco de España, entre el 20% y el 25% de las hipotecas formalizadas en el segundo semestre de 2023 eran de este tipo. Ahora esos plazos fijos se están agotando, y la transición a variable coincide con un euríbor en línea alcista.

Lo que tienes que entender es que la refinanciación no es automática ni tan sencilla como te prometieron. El banco no va a llamarte para ofrecerte las mejores condiciones. Tendrás que moverte, y hay cosas que debes revisar:

  • El margen que te apliquen en la fase variable. No es lo mismo un 1,5% que un 2,5% de diferencial.
  • Si puedes cambiar de entidad sin penalizaciones o si tu contrato tiene cláusulas restrictivas.
  • El estado actual del mercado hipotecario y qué ofrecen otros bancos.
  • Si merece la pena convertir a fijo de nuevo, aunque los tipos sean más altos que en 2023.

Un error frecuente es no actuar hasta el último mes antes del cambio. En ese momento, negociar es más complicado porque estás apurado y los bancos lo saben. Lo inteligente es empezar a estudiar opciones con tiempo, solicitar presupuestos y entender qué implica cada movimiento en tu hipoteca específica.

Otro error es dar por bueno el primer ofertón que te llegue. Aunque sea del mismo banco, merece la pena comparar. Las condiciones pueden variar mucho de una entidad a otra, y los diferenciales no son negociables solo en el aire: tienes argumentos si conoces qué ofrece la competencia.

Recuerda que la hipoteca mixta fue un producto coyuntural pensado para una situación específica de tipos altos. Ahora que ese período fijo termina, necesitas una estrategia clara y propia, no la que te venga impuesta por inercia contractual.

Fuente original: www.helpmycash.com

El retrato robot del solicitante de hipotecas: hombre con cotitular y de nacionalidad española 9

El retrato robot del solicitante de hipotecas: hombre con cotitular y de nacionalidad española

Quién pide hipotecas en España: los datos reales de los últimos cinco años

El Consejo General del Notariado acaba de publicar un informe que analiza cómo han evolucionado las hipotecas desde 2020 hasta 2025. Entre esos datos, hay uno que vale la pena conocer: el perfil mayoritario de quien solicita un préstamo para comprar casa. No es sorprendente, pero tiene matices que conviene entender si estás pensando en hipotecarte.

La característica más clara es que la mayoría de hipotecas no se firman en solitario. El 52,2% de los préstamos se formalizó con dos cotitulares, y un 1,6% con tres o más. Solo el 46,2% corrió a cargo de un único prestatario. Esto confirma lo que parece evidente: la compra de vivienda es, en la mayor parte de casos, una decisión que toman dos personas. Desde el punto de vista económico y jurídico, tiene sentido. Al banco le resulta más seguro, y a los compradores les permite sumar ingresos y capacidad de pago.

Respecto al género, la brecha es mínima. Entre 2020 y 2025, el 51,8% de las hipotecas tuvieron al menos un hombre firmando, frente al 48,2% con mujeres. Esa diferencia varía según la comunidad autónoma, pero raramente supera dos puntos porcentuales. En Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia y Castilla y León, la presencia de hombres llegó al 52,5-52,8%. En Galicia fue donde menos, con el 49,1%.

En cuanto a la nacionalidad, la regla es clara: la inmensa mayoría de hipotecados son españoles. Pero aquí sí hay diferencias geográficas notables. En Extremadura, Galicia y Cantabria, los extranjeros representan menos del 6% de los préstamos formalizados. En cambio, en las zonas de turismo intenso, el porcentaje crece mucho: Baleares alcanza el 21,8%, la Comunidad Valenciana el 18%, y Canarias el 15,5%.

Un dato relevante: el número de extranjeros que formalizan hipotecas se ha multiplicado por 2,4 desde 2019 a 2025. Pero el notariado matiza que este crecimiento es proporcional al del comprador nacional, así que no podría decirse que el comprador extranjero haya ejercido una presión especial sobre el mercado.

Qué debes valorar antes de firmar

  • Si vas a hipotecarte en pareja, asegúrate de que ambos comprendéis vuestras obligaciones solidarias. Un cotitular responde del cien por cien de la deuda.
  • Revisa qué sucede con el préstamo si cambias tu situación civil. No es lo mismo divorciarse siendo cotitular que siendo único prestatario.
  • Si eres extranjero, infórmate sobre cómo pueden afectar cambios legales o fiscales a tu capacidad de pago a futuro.
  • La nacionalidad o el número de cotitulares no debería ser un problema para obtener crédito, pero sí influye en las condiciones que te ofrecen. Compara siempre.

Los datos del notariado son útiles porque muestran patrones, pero tu situación personal es única. Cada hipoteca tiene sus propias variables: plazo, tipo de interés, cláusulas, garantías. Antes de firmar cualquier cosa, asegúrate de entender cada línea.

Fuente original: www.helpmycash.com