Ejecuciones hipotecarias sobre vivienda habitual, en máximos desde 2017: qué margen tienes
Qué ha publicado el INE
El Instituto Nacional de Estadística ha publicado esta semana los datos de ejecuciones hipotecarias del segundo trimestre de 2026, y el dato que más pesa es el de las familias. Entre abril y junio se inscribieron 3.703 ejecuciones sobre viviendas habituales de personas físicas. Son un 27,5 % más que un año antes y un 10,3 % más que en el primer trimestre. No se veía una cifra así desde principios de 2017.
Si se cuentan todos los inmuebles, rústicos y urbanos, las ejecuciones fueron 7.141, un 12,2 % más que hace un año. De ellas, 4.989 afectaron a viviendas: 4.358 eran de particulares y 631 de sociedades. Nueve de cada diez viviendas afectadas eran de segunda mano. Además, casi la mitad de las hipotecas ejecutadas se firmaron entre 2005 y 2008, en el anterior ciclo de crédito.
Por comunidades, Andalucía encabeza la lista con 1.674 ejecuciones sobre el total de fincas. Le siguen Cataluña, con 1.355, y la Comunitat Valenciana, con 1.011. Si solo se cuentan viviendas, Cataluña suma 1.079 y también es la segunda.
Qué mide exactamente esta estadística
Conviene leer bien la cifra antes de sacar conclusiones. El INE cuenta las certificaciones de ejecuciones hipotecarias que se inician y se inscriben en los registros de la propiedad durante el trimestre, a partir de datos del Colegio de Registradores. Por eso no es un recuento de desahucios. Muchos procedimientos acaban con un acuerdo, con el pago de la deuda o con la venta del inmueble antes de la subasta. Además, un mismo deudor puede tener varias fincas hipotecadas.
Aun así, la tendencia importa. Los datos llegan cuando el euríbor ha vuelto a superar el 3 % y muchas hipotecas variables se están revisando al alza. Quien ya iba justo de dinero puede notarlo en pocos meses.
Cuándo puede el banco reclamarte toda la deuda
Un error habitual es pensar que, con dos o tres recibos sin pagar, el banco ya puede dar por vencido el préstamo y ejecutar la vivienda. Desde 2019, la ley de crédito inmobiliario fija unos mínimos que no se pueden empeorar en el contrato. Se aplican a préstamos con garantía sobre vivienda en los que el prestatario, el fiador o el avalista sea una persona física. Para que el banco pueda reclamar todo el préstamo tienen que darse a la vez estas condiciones:
- Si el impago se produce en la primera mitad de la vida del préstamo, las cuotas vencidas y no pagadas deben sumar al menos el 3 % del capital prestado o equivaler a doce mensualidades.
- Si se produce en la segunda mitad, el umbral sube al 7 % del capital o a quince mensualidades.
- Además, el banco debe requerirte el pago y darte al menos un mes para ponerte al día, advirtiéndote de que, si no pagas, reclamará toda la deuda.
Ese requerimiento es la última oportunidad antes del juicio, no un simple aviso. Si lo recibes, no lo dejes pasar. Comprueba que la cantidad reclamada es correcta y habla con la entidad dentro de ese mes.
Qué revisar si ya tienes problemas para pagar
Lo más eficaz es actuar antes de acumular recibos pendientes. Algunas pautas generales:
- Habla con el banco en cuanto veas que no llegas. Una carencia temporal, un plazo más largo o una novación pactada a tiempo suelen salir mejor que negociar con el procedimiento ya iniciado.
- Revisa la escritura. Los intereses de demora, los redondeos o las cláusulas sobre el índice de referencia pueden resultar abusivos. Ese carácter abusivo es uno de los motivos por los que la ley permite oponerse a la ejecución. Si el juez le da la razón al deudor, la ejecución se archiva o sigue sin aplicar esa cláusula.
- Vigila el plazo de oposición. Cuando el juzgado te notifica el despacho de la ejecución, tienes muy pocos días para oponerte. Si ese plazo pasa, muchos argumentos ya no se pueden alegar en ese procedimiento.
- Si es tu vivienda habitual, puedes liberarla pagando lo atrasado. Antes de que se cierre la subasta, puedes consignar las cuotas vencidas, los intereses de demora y las costas, y el procedimiento termina aunque el banco no esté de acuerdo. Después, no podrás volver a hacerlo hasta que pasen al menos tres años entre esa liberación y un nuevo requerimiento de pago.
También afecta a quien compra. Casi todas las ejecuciones recaen sobre vivienda usada, así que en el mercado aparecerán más inmuebles procedentes de subastas o de bancos. Antes de pujar o de reservar uno, pide una nota simple actualizada y comprueba las cargas que se mantienen. Averigua también si la vivienda está ocupada y si hay deudas con la comunidad de propietarios. Si tienes cuotas impagadas, ya te han enviado un requerimiento o el inmueble viene de una subasta, conviene que un profesional revise los documentos antes de que venza cualquier plazo.
