Reclamación de Intereses de Demora Abusivos
El Tribunal Supremo ha fijado límites a los intereses de demora. Si los suyos los superan, son abusivos y puede reclamar la devolución de lo cobrado de más.
Los intereses de demora tienen límites legales
Los intereses de demora son la penalización que el banco aplica cuando se retrasa en el pago de una cuota. El Tribunal Supremo ha establecido que son abusivos cuando superan en más de dos puntos el interés remuneratorio en préstamos personales.
En hipotecas, el artículo 114.3 de la Ley Hipotecaria limita los intereses de demora a tres veces el interés legal del dinero.
Qué incluye esta reclamación
Cada caso es diferente. Le explicamos los conceptos que reclamamos habitualmente.
Préstamos personales
El interés de demora no puede superar en más de 2 puntos el interés remuneratorio. Un préstamo al 7% no puede tener demora superior al 9%.
Préstamos hipotecarios
El artículo 114.3 de la Ley Hipotecaria limita el interés de demora a 3 veces el interés legal del dinero vigente al momento del devengo.
Consecuencia de la nulidad
Si la cláusula de intereses moratorios es abusiva, se declara nula y no se aplica ningún interés de demora, solo el remuneratorio pactado.
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Sin coste si no ganamos
En la mayoría de casos trabajamos con pacto de cuota litis. Si no recuperamos su dinero, no nos cobra.
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Combinamos abogados con peritos financieros para fundamentar cada reclamación.
El proceso en cuatro pasos
Análisis de su caso
Estudiamos su documentación para confirmar la viabilidad de la reclamación y calcular lo que puede recuperar.
Reclamación extrajudicial
Presentamos reclamación formal al banco. Muchos casos se resuelven en esta fase sin necesidad de juicio.
Demanda judicial
Si el banco no atiende, interponemos demanda. Le representamos en todas las instancias.
Cobro efectivo
Ejecutamos la sentencia y gestionamos el cobro. El banco devuelve las cantidades con intereses legales.
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Dudas habituales
¿Cuándo es abusivo un interés de demora?
En préstamos personales: cuando supera en más de 2 puntos el remuneratorio. En hipotecas: cuando supera 3 veces el interés legal del dinero.
¿Puedo reclamar intereses de demora ya pagados?
Sí. Si la cláusula es abusiva, tiene derecho a la devolución de todos los intereses de demora cobrados.
¿Qué pasa si no se aplica demora?
Si la cláusula es declarada nula, no se sustituye: simplemente no se aplica interés de demora y solo se cobra el interés remuneratorio.
