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Iván Rodríguez ha ampliado ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) el recurso en la pieza de medidas cautelares de la convocatoria 46/25 de acceso a Mossos d’Esquadra y ha solicitado a la Sala que se repitan, con garantías, todas las entrevistas de la tercera prueba del proceso. La petición se apoya en un hecho nuevo —la publicación de los resultados de esa prueba— y se suma a la impugnación de la reserva del 40 % de plazas para mujeres. La decisión está pendiente del TSJC.
Qué es el cupo del 40 %
La convocatoria 46/25 (Resolución ISP/1913/2025, de 22 de mayo; DOGC 9422, de 28 de mayo de 2025) reserva 634 de las 1.587 plazas —el 40 %— para ser cubiertas por mujeres, según la base 1.1 de su Anexo 1. Además, la base 6.3.1 fijó de antemano el reparto de las plazas de formación: 685 del turno reservado y 1.029 del turno no reservado. Es decir, el resultado por turnos quedó predeterminado en la propia norma antes de celebrarse las pruebas. Es una figura de acción positiva que la Administración enmarca en la igualdad efectiva, pero cuya proyección concreta sobre el acceso a la función pública dialoga —a veces en tensión— con los principios de igualdad, mérito y capacidad (arts. 14, 23.2 y 103.3 CE).
Qué se impugna
Iván Rodríguez —fundador de la plataforma de afectados por el ISPC, vocal en defensa de los opositores en Politeia, graduado en Derecho, experto en Derecho inmobiliario y de oposiciones y director de un bufete de abogados— impugna ante el TSJC esa reserva del 40 % (base 1.1) bajo la dirección letrada del abogado José María López Diego, en la línea del recurso judicial contra la convocatoria de Mossos que ya venía sosteniendo. El recurso no cuestiona la igualdad como principio ni la legalidad abstracta de la acción positiva: sitúa el debate donde la propia doctrina de la Sala lo coloca —en la proporcionalidad real de la medida y en el respeto al mérito y la capacidad—. Es la tesis de la parte recurrente, en un procedimiento pendiente de resolución.
Qué añade la publicación del listado de aptos
El giro llegó con un hecho nuevo y sobrevenido: el Acuerdo del Tribunal Calificador de 17 de junio de 2026, que aprobó los resultados de la tercera prueba —la entrevista de adecuación psicoprofesional—. Según ese Acuerdo, superaron la prueba 692 mujeres (turno reservado) y 1.028 hombres (turno no reservado): 1.720 personas aptas.
El recurso pone el foco en una coincidencia: frente a un cupo prefijado de 1.029 plazas en el turno no reservado, el número de aptos declarados es de 1.028 —una desviación de una sola plaza—. Y subraya que la tercera prueba es de calificación apto/no apto: se supera alcanzando un umbral de aprobado objetivo y predeterminado (un mínimo fijo), aunque la puntuación de cada entrevista se obtiene por una valoración discrecional. Por su propia naturaleza, el número de personas que superan ese umbral sería imprevisible de antemano. Sobre esa base, la parte sostiene —a título estrictamente indiciario— que la entrevista podría haber operado como «válvula de ajuste» para asegurar el reparto por sexos por una vía distinta de la reserva impugnada, lo que apuntaría a indicios de fraude de ley (art. 6.4 CC), desviación de poder (art. 70.2 LJCA) y resultado arbitrario (art. 9.3 CE).
El recurso denuncia, además, un déficit de garantías en esa prueba: una entrevista con valor autónomo y desligada del test de competencias (base 6.1.3), sin criterios de corrección aprobados y publicados con antelación (base 4.18) y sin grabación ni soporte revisable. Y lo conecta con la jurisprudencia de la propia Sala del TSJC, que en resoluciones recientes ha anulado declaraciones de «no apto» en esa misma prueba por falta de criterios previos y ha exigido la valoración directa del Tribunal Calificador, no de asesores. Nada de esto está declarado como hecho probado: es lo que el escrito plantea y lo que el TSJC deberá valorar.
Qué se pide
La pretensión principal es doble y conjunta: suspender cautelarmente la reserva del 40 % (base 1.1) hasta que haya sentencia firme y dejar sin efecto los resultados de la tercera prueba, de modo que todas las entrevistas se repitan con garantías —con intervención directa de al menos tres miembros del Tribunal Calificador, criterios de valoración publicados con antelación y grabación o soporte revisable—, en el plazo más breve posible y según el calendario que fije la Sala. El escrito precisa que quien superó la prueba conforme a Derecho volvería a superarla. Con carácter subsidiario, y de menor intensidad, se pide que accedan al curso de formación las 1.029 personas del 60 % no afectado por la reserva, ordenadas por una única lista de mérito y sin distinción de sexo, dejando en suspenso las 634 plazas del turno reservado. La parte remarca que ninguna de estas medidas paraliza el proceso selectivo.
En qué punto está
El asunto se encuentra en la pieza de medidas cautelares. La ampliación —presentada como alegaciones complementarias por hecho nuevo— está pendiente de decisión del TSJC. Se han alegado circunstancias de especial urgencia para que la Sala resuelva con celeridad, antes de que se publique la lista de convocados a la fase de formación, e incluso se ha pedido habilitar el mes de agosto. El propio escrito insiste en que todo se formula en términos indiciarios, sin imputar conducta a persona alguna y con el respeto debido a la Administración y al Tribunal Calificador.
La batalla por los opositores de la 46/25
Detrás del recurso hay un nombre y una forma de trabajar. Iván Rodríguez ha decidido dar la batalla por los opositores de la 46/25 desde el bufete que dirige. No promete resultados: promete rigor, constancia y presencia en cada trámite, con la convicción de que una oposición solo es legítima si es impecable en la forma y en el fondo. Seguiremos informando de cada resolución.
¿Te declararon «no apto» en la entrevista de la 46/25?
Si quieres impugnar tu resultado individual, aún estarías a tiempo: el plazo seguiría abierto hasta el 2 de agosto, al haberse puesto a disposición de los aspirantes las notificaciones fehacientes el 3 de julio. Ya hemos presentado varios recursos individualizados y podemos estudiar el tuyo. Te explicamos cómo dar el paso en esta guía sobre el recurso al «no apto» de la entrevista. Revisa tu caso antes de que venza el plazo.
Sigue la convocatoria 46/25 paso a paso: cada resolución, cada plazo.
⚖️ Suscripción de asesoramiento para opositores
Ponte en manos del despacho durante todo el proceso.
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Información divulgativa, no constituye asesoramiento jurídico. Refleja la posición de una de las partes en un procedimiento pendiente de resolución. La dirección letrada corresponde al abogado colegiado del despacho, José María López Diego.
