Vivienda prefabricada: qué necesitas saber antes de instalar una
La popularidad de las viviendas prefabricadas ha crecido, pero instalar una en tu terreno no es tan simple como parece. Antes de dar por hecho que puedes colocar una estructura así en tu parcela, tienes que entender que existen requisitos legales muy concretos que varían según dónde vivas y cómo sea tu terreno.
Lo primero que debes determinar es si esa vivienda prefabricada va a tener carácter permanente o si se trata de una estructura temporal. Esta distinción es fundamental, porque define completamente la normativa que te aplica.
Dos categorías, dos caminos distintos
Hay construcciones prefabricadas que no requieren cimientos: son desmontables y móviles. Normalmente tienen un uso temporal, así que el permiso depende del destino real que le des. Son más sencillas de tramitar.
Luego están las que se anclan al suelo o se conectan a servicios como agua, luz o alcantarillado. Éstas deben cumplir la normativa urbanística y el Código Técnico de la Edificación. Aquí es donde los trámites se complican: necesitarás licencia de obra municipal, un proyecto técnico firmado por un profesional colegiado, y tendrás que pagar impuestos (ICIO, tasas, altas catastrales, etcétera).
El tipo de suelo marca las reglas
Tu parcela cae en una de estas tres categorías: suelo urbano, suelo urbanizable o suelo rústico. Cada una tiene condiciones distintas.
- En suelo urbano, sí puedes instalar una vivienda prefabricada si cumplen los requisitos municipales y consigues licencia.
- En suelo urbanizable, necesitas un desarrollo previo y autorización adicional.
- En suelo rústico, la autorización depende de lo que diga la normativa autonómica y local de tu zona.
El problema es que muchas personas han colocado viviendas prefabricadas sin permisos y después han tenido que desalojarlas. Sucede especialmente cuando se trata de estructuras permanentes: los ayuntamientos acaban actuando.
Cada municipio establece sus propias reglas en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Antes de comprar o reservar una parcela, tienes que consultarlo. No es lo mismo instalar una estructura en tu jardín que hacerlo en una finca: todo depende de cómo esté clasificado el terreno y del uso permitido.
Si estás pensando en esta opción, el paso previo es obligatorio: revisa qué permite tu ayuntamiento en tu zona específica. De ahí dependen costes, plazos y viabilidad.
Fuente original: www.20minutos.es
