← Volver al blog

Opositores a Policía Local de Baleares exigen revisar el examen psicotécnico después de quedar 84 aptos exactos para 84 plazas

Opositores a Policía Local de Baleares exigen revisar el examen psicotécnico después de quedar 84 aptos exactos para 84 plazas

Transparencia en los criterios de corrección de pruebas psicotécnicas

Las oposiciones a Policía Local en Baleares han generado un conflicto que va más allá de la mera coincidencia numérica. De los 194 opositores que presentaron el examen psicotécnico, exactamente 84 resultaron aptos de forma provisional, cifra idéntica a las plazas disponibles. Los aspirantes no afirman que esto pruebe irregularidad, pero sí cuestionan la falta de claridad en los mecanismos utilizados para determinar quién aprobaba y quién no.

El problema radica en cómo se comunicaron y aplicaron los criterios de evaluación. Las bases iniciales establecían una escala de cero a diez con cinco como mínima aprobatoria. Posteriormente se incorporó el percentil 30 (P30) como criterio, pero los opositores se enteraron tras realizar el examen de que este se había traducido en 157 puntos directos sobre un máximo de 252. Nadie conocía, antes de la prueba, cuál era exactamente la fórmula de conversión para alcanzar esa puntuación mínima.

Esta es ya la cuarta denuncia contra el procedimiento selectivo. Los aspirantes reclaman acceso a información específica:

  • El método exacto empleado para fijar el corte en 157 puntos
  • Quién y cuándo se tomó esa decisión
  • Si se determinó previamente o después de celebrarse el examen
  • La muestra sobre la que se calculó el percentil

Otro aspecto crítico es la imposibilidad de revisar el examen completo. Los opositores conocen su número de respuestas correctas e incorrectas, pero no tienen el cuadernillo para verificar qué preguntas fallaron ni cómo se corrigieron. Algunos cuestionan también la validez de ejercicios sobre razonamiento espacial y figuras tridimensionales.

Desde el punto de vista jurídico, estos casos ilustran un problema recurrente en oposiciones: la diferencia entre publicar unas bases y explicar cómo se aplican realmente durante la evaluación. Los cambios de criterios introducidos después de las bases iniciales, aunque sean legales, deben comunicarse claramente y ser accesibles a los aspirantes antes de que realicen la prueba. Si no, se vulnera el principio de igualdad y transparencia.

Los aspirantes han presentado alegaciones tanto individuales como colectivas, y valoran la posibilidad de acudir a la vía contencioso-administrativa si no reciben respuestas satisfactorias. No piden que se rebaje el nivel exigido ni que se les adjudique una plaza por defecto. Solicitan simplemente poder contrastar qué reglas se aplicaron, cuándo se fijaron y cómo se usaron en su caso particular.

Esta situación pone de relieve la importancia de que los procedimientos selectivos establezcan todos los criterios de evaluación con precisión antes de la prueba, los comuniquen sin ambigüedad y permitan después un acceso real a la revisión de lo actuado. Sin eso, es difícil que los opositores puedan ejercer su derecho de defensa.

Leer la noticia completa en diariodemallorca.es »

¿Necesitas asesoramiento?

Inmobiliaria, alquiler, hipotecas, abogados y oposiciones. Todo en ConsultIn.

Contactar ahora

Compartir esta página

Se genera una imagen con el titular y la entradilla, lista para publicar. El reel se monta al pedirlo.