Qué puedes desgravar de tus muebles si tienes piso alquilado
Si tienes una vivienda en régimen de alquiler, probablemente hayas invertido dinero en amueblarla. Sofás, camas, frigoríficos, lavadoras, mesas y otros enseres forman parte de esa inversión inicial. La buena noticia es que Hacienda permite incluir parte de ese coste como gasto deducible en tu declaración de la Renta. La mala noticia es que no funciona como muchos creen después de ver ciertos vídeos virales en redes sociales.
El mecanismo que utiliza Hacienda se llama amortización. Es decir, no puedes restar el precio completo de un sofá en un solo ejercicio fiscal. En su lugar, la Agencia Tributaria considera que esos bienes pierden valor con el tiempo y te permite deducir esa depreciación de forma gradual, año tras año. El sistema habitual es amortizar el mobiliario al 10% anual sobre su valor de compra original.
Pongamos un caso práctico. Supón que compraste muebles y electrodomésticos nuevos por 5.000 euros para acondicionar tu piso. En lugar de restar esos 5.000 euros en la próxima declaración, normalmente podrás deducir unos 500 euros cada año durante aproximadamente diez años. Eso sí, siempre que cumplas con los requisitos que exige Hacienda.
Qué requisitos tienes que cumplir
- Los muebles y electrodomésticos deben estar vinculados a una vivienda efectivamente alquilada.
- Debes conservar las facturas de compra para acreditar su valor y fecha de adquisición.
- Los bienes tienen que responder a una depreciación efectiva, no a un simple mantenimiento.
- Es importante diferenciar entre una reparación puntual (que se deduce íntegramente) y una inversión amortizable (que se reparte en años).
Esto último es un punto en el que muchos propietarios se equivocan. Si tu lavadora se estropea y la reparas, ese gasto se deduce completo. Si compras una lavadora nueva para equipar el piso, ese coste se amortiza. La diferencia es fundamental a la hora de rellenar tu declaración.
La normativa que permite estas deducciones no es nueva. Lleva años recogida en la Ley del IRPF y en criterios de la Dirección General de Tributos. Lo que ha cambado es el interés que despiertan estas cuestiones, especialmente porque el peso de la vivienda en la fiscalidad personal es cada vez mayor y porque muchos propietarios buscan formas legales de reducir su carga fiscal.
Si tienes un piso alquilado y gastaste dinero en amueblar o equipar la vivienda, conviene que revises qué facturas conservas y en qué año realizaste esas compras. Pero no te dejes llevar por promesas de desgravaciones milagrosas. Hacienda sí permite amortizar ese mobiliario, pero dentro de los límites que marca la ley, y siempre con documentación que lo justifique.
Fuente original: www.elperiodico.com
