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Más de 60 opositores a la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife denuncian «graves irregularidades» y dos meses sin notas

Más de 60 opositores a la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife denuncian «graves irregularidades» y dos meses sin notas

Cuando el proceso selectivo genera dudas legales sin resolver

Lleva más de dos meses esperando conocer tu resultado en una oposición a la Policía Local. No sabes si has aprobado, cuándo lo sabrás, ni siquiera si debes seguir preparando la prueba de inglés. Son 66 opositores en Santa Cruz de Tenerife los que viven esta incertidumbre, y no es casual: han presentado una denuncia formal por lo que consideran «graves irregularidades» en la última prueba práctica celebrada el 9 de junio.

El problema arranca en el contenido del examen. Una pregunta te pedía resolver un caso sobre delito de daños, pero ese delito no figuraba en el temario oficial que habías estudiado. El pliego de condiciones limitaba los contenidos del tema 10 a delitos contra el patrimonio: hurtos, robos, usurpación y determinadas defraudaciones. Los artículos 263 y siguientes del Código Penal, donde se regulan los daños, no aparecían en las bases. Desde el tribunal responden que eso es correcto porque existe un apartado genérico sobre Policía Administrativa que te obliga a conocer todas las ordenanzas relacionadas. Pero aquí está el nudo: ¿puede una referencia genérica obligarte a estudiar normativa municipal completa que no aparece expresamente en el programa?

La Ley 6/1997 de Coordinación de Policías Locales de Canarias prevé que cada ayuntamiento añada contenidos municipales específicos. Eso es legítimo, pero exige que consten claramente en el temario de la convocatoria. Si una ordenanza entra en el examen, debe estar ahí escrita, no deducirse de apartados vagos.

Hay más. La segunda pregunta del práctico pesaba 2,5 puntos y trataba esa misma ordenanza municipal desde otra perspectiva. En una oposición donde diferencias de décimas deciden quién consigue plaza, esa puntuación es crítica. El problema organizativo agravó todo: el examen se entregó bocabajo cubierto por una hoja donde escribías tu nombre antes de que fuera recortada. Cuando cortaron la plica, la pregunta de los 2,5 puntos quedó visible antes de comenzar oficialmente. Muchos aspirantes se pusieron a buscar una ordenanza que ni siquiera sabían si podían llevar, porque el ayuntamiento no había aclarado qué textos legales entraban en la sala. Eso provocó pánico inicial y pérdida de tiempo valioso.

Lo que deberías tener claro: en cualquier proceso selectivo, el temario es el contrato entre tú y la administración. Lo que no está ahí no puede exigirse. Cuando aparecen preguntas sobre contenidos no previstos, se genera una desigualdad imposible de reparar después: quien conocía el criterio del tribunal para resolver impugnaciones anteriores tenía ventaja sobre quien simplemente estudió lo que decían las bases.

Mientras tanto, sigues sin notas tras más de sesenta días. Sin conocer tu resultado, es lógico que no sepas si invertir más tiempo en inglés o mirar otras convocatorias. La administración tiene obligación de resolver y comunicar en plazos razonables. El silencio prolongado no es neutro: es inseguridad jurídica pura.

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