Qué ha anunciado el Govern
La Generalitat quiere comprar viviendas a medias con particulares. El president lo avanzó esta semana en el debate de política general del Parlament, y el Departament de Territori ya trabaja en la primera convocatoria. Tendrá 100 millones de euros y el Govern calcula que alcanzará para unos 2.000 pisos. La previsión es publicar las bases en enero de 2027 y, si la fórmula funciona, repetirla.
La medida se dirige a personas de más de 40 años que pueden pagar una cuota mensual de hipoteca pero a las que el banco no financia la compra entera, por edad o por falta de ahorro para la entrada. La Generalitat se queda una parte de la propiedad, así que tú solo tienes que financiar la tuya.
Hoy es un anuncio, no una norma. No hay bases publicadas ni plazo de solicitud abierto, y todavía faltan por concretar varias condiciones.
Cómo funcionará la compra compartida
Con lo que se ha explicado hasta ahora, el esquema es este:
- Reparto de la propiedad: la Generalitat asume entre el 50 % y el 60 % del piso, según tu edad. Entre los 40 y los 55 años se compra a partes iguales. A partir de los 56, la Administración pone el 60 % y tú el 40 %.
- Duración: vives en el piso como propietario durante 50 años en el primer tramo de edad y 40 en el segundo.
- Final del plazo: la vivienda pasa entera a la Generalitat, salvo que antes le hayas comprado su parte.
- Herencia: puedes dejar el piso a tus herederos, pero solo por el tiempo que quede de plazo.
- Venta: puedes vender tu derecho por los años que resten. La Generalitat tiene preferencia para quedárselo.
- Calificación: el piso será vivienda protegida de forma permanente.
La compra se hará a precio de mercado, pero con un precio máximo por vivienda que el Govern todavía está definiendo para no encarecer la oferta. También están pendientes los límites de ingresos de los solicitantes.
El apoyo legal es el Código Civil de Cataluña, que desde 2015 regula la propiedad temporal y la propiedad compartida. Son dos figuras pensadas para esto, aunque casi no se han usado.
Qué no es lo mismo que comprar un piso entero
El error más probable será tratar esta compra como una compraventa corriente con ayuda pública. Lo que adquieres es distinto en varios puntos:
- Tu derecho tiene fecha de caducidad. Cada año que pasa vale menos, porque queda menos plazo. Eso pesa si piensas vender más adelante o si quieres que el piso quede para tus hijos.
- La protección es para siempre. Una vivienda protegida tiene precio de venta limitado y condiciones para quien la compra. No podrás venderla libremente al mejor postor.
- La Generalitat va por delante. Si vendes, puede quedarse ella con tu parte. La operación con un tercero depende de que no ejerza esa preferencia.
- Comprar la otra mitad no está definido. Se ha dicho que podrás adquirir la parte pública, pero no a qué precio ni con qué valoración. De ese dato depende que la opción sea real o solo teórica.
Qué conviene revisar cuando salgan las bases
Hasta enero no hay nada que solicitar, pero sí puedes preparar la decisión. Cuando se publique la convocatoria, estos son los puntos que marcarán si te compensa:
- Requisitos de acceso: ingresos máximos, si se exige no tener otra vivienda y si hay que llevar un tiempo empadronado en Cataluña.
- Precio máximo del piso: en municipios con precios más contenidos que Barcelona puede dejar más margen para elegir, pero dependerá de cómo se fije por zonas.
- Gastos: quién paga el IBI, las cuotas y derramas de la comunidad y las reparaciones. Que la propiedad se reparta no implica que los gastos se repartan igual.
- Financiación: si tu banco acepta hipotecar una cuota o un derecho temporal, y en qué condiciones. Pregúntalo antes de comprometerte, porque es un producto al que las entidades no están habituadas.
- Impuestos y escritura: cómo tributa tu parte de la compra y qué se inscribe a tu nombre en el Registro de la Propiedad.
- Salida anticipada: qué ocurre si te separas, te trasladas o no puedes seguir pagando.
Mientras tanto, no firmes un contrato de arras contando con esta ayuda. No existe convocatoria, no sabes si cumplirás los requisitos y el presupuesto es limitado: 2.000 viviendas para toda Cataluña. Si la compra depende de entrar en el programa, hazlo constar como condición en el contrato, o espera.
Cuando se conozcan las bases, tiene sentido que un profesional revise el contrato antes de firmar. Aquí no solo compras: te vinculas con la Administración durante décadas, y las cláusulas sobre recompra, transmisión y gastos son las que deciden cuánto vale lo que adquieres.
