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El IRPH sube por tercer mes seguido y marca el 3,189 %: cómo afecta a tu próxima revisión

El IRPH sube por tercer mes seguido y marca el 3,189 %: cómo afecta a tu próxima revisión

Qué publica hoy el BOE

El BOE de este martes trae la resolución del Banco de España con los tipos oficiales de referencia del mercado hipotecario correspondientes a septiembre. El que afecta a más hogares es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para comprar vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. Es el índice que conoces como IRPH de entidades, y queda en el 3,189 %.

Es la tercera subida mensual seguida. En julio estaba en el 3,077 % y en agosto, en el 3,134 %. En dos meses ha subido algo más de una décima. La misma resolución fija en el 3,600 % el tipo medio de los préstamos a la vivienda de uno a cinco años en la zona euro, frente al 3,570 % del mes anterior.

El euríbor a un año, al que van ligadas la mayoría de las hipotecas variables, cerró septiembre en el 3,247 %, según la resolución oficial publicada a principios de mes. Los dos índices suben a la vez, y eso deja poco margen de alivio a quien tiene una hipoteca variable, vaya ligada a uno o a otro.

Por qué el IRPH se mueve más despacio

El IRPH no sale del mercado interbancario, como el euríbor. Es la media de los tipos que los bancos aplican a las hipotecas nuevas que firman. Por eso va con retraso: refleja lo que las entidades han ido subiendo en sus ofertas durante los últimos meses. Según las series del Banco Central Europeo, el tipo efectivo medio de las hipotecas nuevas en España pasó del 2,89 % en julio al 3,04 % en agosto. El IRPH recoge esa misma tendencia.

Esta inercia funciona en los dos sentidos. Así como ha tardado en subir, tampoco bajará de golpe aunque el euríbor se calme unas semanas. Si estás haciendo cuentas para el próximo año, no des por hecho que el índice va a girar enseguida.

Qué significa para tu cuota

Si tu hipoteca va ligada al IRPH, el nuevo valor no se aplica a todos el mismo día: se aplica en tu fecha de revisión y según lo que diga tu escritura. Antes de dar por buena la carta del banco, comprueba estos puntos:

  • Qué mes de referencia toma tu contrato. Algunas escrituras aplican el último valor publicado antes de la fecha de revisión. Otras usan el de un mes concreto anterior. Según el caso, te tocará el dato de agosto o el de septiembre.
  • El diferencial. El tipo que pagas es el índice más el diferencial pactado. Una diferencia mínima en el diferencial se nota a lo largo de muchos años.
  • Cada cuánto se revisa. Si la revisión es semestral, la subida te llega antes que si es anual.
  • El índice sustitutivo. Si tu hipoteca iba ligada al IRPH de cajas o de bancos, que ya no se publican, revisa qué índice lo sustituye y con qué diferencial se está calculando.

Un error habitual es comparar el IRPH y el euríbor solo por la cifra. Que hoy el IRPH esté algo por debajo del euríbor no quiere decir que tu hipoteca te salga más barata: depende del diferencial de cada contrato. Para comparar de verdad, mira el tipo final que pagas y lo que te queda por amortizar.

Cambiar de índice o reclamar: cuándo plantearlo

Si la subida te aprieta, tienes dos salidas que no pasan por el juzgado: negociar con tu banco para pasar a tipo fijo o llevarte la hipoteca a otra entidad. En los dos casos, pide por escrito el coste total de la operación (comisiones, notaría, posibles seguros vinculados) y compáralo con lo que te ahorrarías en cuota durante los años que te quedan. No te fijes solo en el tipo que te ofrecen.

Antes de firmar cualquier novación o acuerdo con el banco, léelo entero. Algunos documentos de este tipo incluyen cláusulas en las que renuncias a reclamar por el contrato original. Si piensas que tu hipoteca con IRPH podría ser reclamable, esa renuncia te puede cerrar la puerta.

Sobre la vía judicial: los tribunales estudian cada caso por separado y se centran en qué información te dio el banco antes de firmar. Por ejemplo, si te explicó cómo funcionaba el índice, cómo había evolucionado o si te entregó la documentación previa obligatoria. Por eso conviene reunir la escritura, la oferta vinculante o la ficha de información si la tienes, y los recibos de las revisiones. Si te falta documentación previa o no recuerdas haber recibido ninguna explicación sobre el índice, tiene sentido que un profesional revise tu caso antes de negociar nada con el banco.

Si tu revisión cae en las próximas semanas, compara el tipo que te comuniquen con el valor oficial que corresponde según tu escritura. Si no cuadra, reclama primero al servicio de atención al cliente de la entidad y guarda copia de todo.

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