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El Supremo confirma que los funcionarios indefinidos no fijos pueden acceder a concursos …

El Supremo confirma que los funcionarios indefinidos no fijos pueden acceder a concursos …

Qué cambia para los indefinidos no fijos en los concursos de traslados

El Tribunal Supremo acaba de resolver un asunto que afecta directamente a miles de empleados públicos: los trabajadores en situación de indefinidos no fijos ya no pueden ser excluidos automáticamente de los concursos de traslados dentro de un mismo organismo sin una razón objetiva que lo justifique. La sentencia 680/2026 marca un punto de inflexión en la jurisprudencia sobre este colectivo.

La cuestión surgió cuando un organismo autónomo convocó un concurso de traslados y explícitamente prohibió participar al personal indefinido no fijo, reservando la movilidad solo para los laborales fijos. Varios trabajadores recurrieron esta exclusión alegando que violaba el principio de igualdad de trato, un argumento que el Supremo finalmente ha aceptado. El tribunal considera que la condición de indefinido no fijo, por sí sola, no justifica limitar derechos laborales cuando la movilidad no afecta al acceso general a la función pública, sino únicamente a movimientos dentro del mismo organismo.

El fundamento legal es sólido: el artículo 15.6 del Estatuto de los Trabajadores establece que los contratados temporalmente gozan de los mismos derechos que los indefinidos, excepto en aquello que derive de la naturaleza temporal del contrato. El Alto Tribunal también se apoya en la normativa europea sobre igualdad de trato, que prohíbe discriminar a trabajadores por la modalidad de su vínculo mientras este permanezca vigente.

Es importante que tengas claro qué significa esta sentencia y qué no significa.

  • Sí reconoce el derecho a participar en concursos de traslados internos cuando no haya justificación objetiva para excluirte.
  • No te convierte en personal fijo ni modifica tu condición jurídica tras el traslado.
  • No cambia el sistema de acceso a la función pública ni permite acceder indirectamente a plazas de nuevo ingreso.
  • No invalida restricciones que se basen en convenios colectivos específicos con razones objetivas sólidas.

Un error frecuente es confundir esta resolución con una vía para conseguir la fijeza. No lo es. Continúas siendo indefinido no fijo con exactamente el mismo régimen jurídico. Lo que reconoce el Supremo es tu derecho a moverte profesionalmente dentro del organismo donde trabajas, mientras tu relación laboral esté activa y no exista una causa objetiva que lo impida.

Para la administración, esto implica revisar sus convocatorias y procedimientos internos. No pueden excluir indefinidos no fijos por la mera naturaleza de su contrato. Ahora deben demostrar una razón objetiva, clara y proporcionada si deciden limitar esa participación.

Es cierto que el Supremo dictaminó en mayo de 2024 en sentido contrario en otro caso, pero la diferencia está en las circunstancias. Allí había un convenio colectivo específico que reservaba el procedimiento a fijos; aquí no había esa justificación objetiva y además el traslado no tocaba el acceso general a la función pública.

Si trabajas como indefinido no fijo y te encuentras con una exclusión en un concurso de traslados, tienes argumentos sólidos para impugnarla. La sentencia es clara al reconocer que la igualdad de trato es un derecho que te asiste mientras tu relación laboral esté en vigor.

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