Becas para oposiciones internas en el Ministerio de Inclusión: quién puede solicitarlas y cómo funcionan
El BOE ha publicado una convocatoria de becas destinadas a empleados públicos que se preparan para procesos de promoción interna. Pero antes de que pienses que puedes acceder, debes saber que los requisitos son muy específicos y restrictivos.
Solo pueden optar a estas ayudas los trabajadores que estén en activo en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones o en sus organismos dependientes. Además, debes haber superado el primer ejercicio eliminatorio de tu proceso selectivo y haber solicitado licencia para estudiar. Ese permiso debe sumar un mínimo de diez días.
Las becas se dirigen a dos cuerpos específicos de la oferta pública de 2025:
- Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social: 9 becas de hasta 75 euros por día de licencia utilizado.
- Cuerpo de Gestión en la especialidad de Auditoría y Contabilidad: 4 becas de hasta 53 euros por día de licencia utilizado.
Lo importante es que no se trata de una cantidad fija mensual. La cuantía depende directamente de los días de permiso que hayas acreditado para preparar las pruebas. El máximo computable son tres meses de licencia, así que el importe final variará en función de tu situación personal.
El presupuesto total es de 82.491 euros para las 13 becas, lo que significa que la competencia será fuerte. La selección se hará por concurrencia competitiva, teniendo en cuenta la nota que obtuviste en el primer ejercicio y otros criterios que fijen las bases.
Para solicitar la beca necesitarás presentar la solicitud electrónica a través de la sede del ministerio. Pero atención: deberás acompañarla de un certificado que emita la unidad de Recursos Humanos de tu organismo. Ese documento debe detallar con precisión los períodos de licencia que utilizaste para estudiar.
Un error frecuente entre opositores es no guardar documentación de las licencias solicitadas o no dejar constancia clara en el momento. Cuando llegue el momento de presentar la solicitud, necesitarás que esa información esté registrada oficialmente. No basta con tu palabra; la administración exigirá un documento firmado.
El plazo para solicitar aún no ha comenzado. Tendrás 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a que el BOE publique la resolución con los aprobados en la fase de oposición. Es decir, primero se conocen los resultados, y después se abre el período de solicitud. Anota bien esa fecha cuando se publique, porque si lo dejas pasar, pierdes la oportunidad.
