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Pisos en Manresa, ¿merece la pena la inversión?

Pisos en Manresa, invertir para ganar

La capital de la comarca del Bages, Manresa, es una de las opciones que más interesan a los habitantes o futuros propietarios de la zona catalana o otras partes de España. Las razones que lo explican son la seguridad de tener un lugar donde vivir y, a la vez, concretar una inversión infalible, así se ha visto en El sitio web similar.

A diferencia de Barcelona, la gran metrópolis, en esta ciudad de 44,66 kilómetros cuadrados de superficie, ubicada en el centro de Cataluña, se aprecian opciones de compra con amplios espacios, de precios accesibles.

Las arterias viales para llegar a este remanso de tranquilidad y verdor representan otra ventaja a tomar en cuenta a la hora de invertir en una propiedad, pues en menos de una hora, se puede llegar a la capital catalana o a las playas de la provincia.

La accesibilidad al municipio garantiza el crecimiento de la ciudad a nivel económico.

Bien sea en un piso, un local comercial o en un terreno para construir, la tierra manresana destaca por su variada oferta en el negocio inmobiliario. Sectores como la Carretera de Santpedor, Barri el Xup, Sagrada Familia, Carretera Cardona, Plaza Cataluña, La Parada Nova, Carrer Bruc y Passeig de Pere III, entre otros, se han convertido en zonas de vastas ofertas para encontrar un hogar o comercio al que nada le falte.

Lo más importante a la hora de asegurar una inversión productiva y segura es recibir la asesoría de expertos en el área de la compra, venta o alquiler de este tipo de bienes.

¿Por qué invertir en Manresa?

Por supuesto que sí, no solo por los precios accesibles, sino por una extensa lista de razones para darle buen uso a los ahorros: estilo de vida tranquilo, cercanía a valles y campos que permiten contacto permanente con la naturaleza, veranos mediterráneos propicios para la buena cosecha agrícola, además de un crecimiento del sector comercio que ha sabido adaptarse a la nueva realidad que impone la pandemia del Covid-19.

La confianza en el asesor inmobiliario es, por tanto, garantía de éxito en las gestiones de inversión. Destacan en este ámbito empresas como la Inmobiliaria en Manresa Consultin que se ha adaptado cabalmente al protocolo de bioseguridad y presenta opciones web para apreciar los inmuebles antes de tomar la decisión de visitarlo en físico.

Manresa invita a vivir su historia, sus calles, sus verdes pasajes, la calidez de su gente, el impulso de nuevos proyectos de recuperación de su barrio Antiguo; invita a aprovechar la oportunidad de ganar un mundo de posibilidades, lejos y a la vez cerca de la gran metrópolis.

Pisos con terraza en Manresa 1

Pisos con terraza en Manresa

Para encontrar pisos con terraza en Manresa es necesario saber el tipo de vivienda que se desea tener. Independizarse y construir un nuevo hogar es un tema que preocupa a la mayoría de personas. Por esta razón, asegurarse de comenzar a construir el piso perfecto es clave, así se ha visto en https://sancristobaldelalaguna.radio.fm.

Manresa es conocida como el corazón geográfico catalán. Para muchos, la ciudad es uno de los mejores lugares para vivir de España. Las zonas turísticas y de ocio que la rodean la convierten en una de las ciudades preferidas.

¿Cómo encontrar los mejores pisos con terraza en Manresa?

Una vez tomada la decisión de mudarse, es importante considerar las prestaciones que debe tener el nuevo hogar, con el fin de que sea ideal para la familia.

Si se buscan pisos en venta con terraza en Manresa, además de asegurarse de la terraza, es necesario conocer el número de habitaciones que tiene el domicilio. La cantidad de baños y el espacio necesario en función de los futuros habitantes también son puntos a tener en cuenta. Tener claras las necesidades y explicárselas bien al asesor inmobiliario ayudará a que la búsqueda sea más sencilla y exitosa.

Por otra parte, es vital tener claro el presupuesto con el que se cuenta. Antes de empezar a ver pisos con terraza en Manresa hay que establecer unos límites económicos para la compra o alquiler del mismo. De esta manera, se pueden filtrar las búsquedas y así visitar los lugares que se ajusten al presupuesto. Para encontrar el piso perfecto hace falta visitar una gran cantidad de inmuebles para comparar ventajas y desventajas de cada uno. Contar con los asesores correctos puede agilizar el proceso.

Los mejores agentes inmobiliarios para conseguir piso

Contar con la agencia inmobiliaria correcta es imprescindible durante la búsqueda de vivienda. Lo más importante es asegurarse de que los pisos que se ofrecen estén al alcance del inquilino o comprador y que cuenten con cada uno de los servicios necesarios para vivir.

Siguiendo estas directrices, la inmobiliaria en Manresa ConsultIn permite encontrar cualquier tipo de inmueble, desde locales, casas y dúplex, hasta pisos con terraza en Manresa. Por otra parte, cuentan con un equipo de abogados, asesores inmobiliarios y gestores que se encargan de todos los trámites necesarios para la gestión de la compra o alquiler. Además, garantizan el pago de la renta en las fechas acordadas y la compensación por actos vandálicos ocasionados por los inquilinos.

ConsultIn es la inmobiliaria en Manresa mejor valorada para comprar, vender o alquilar pisos con terraza en Manresa. Cuenta con un equipo de profesionales con años de experiencia en el campo inmobiliario, que la convierten la inmobiliaria favorita en Manresa a la hora de asesorar y encontrar el mejor hogar para cada cliente.

Guía para pisos en venta

Guía para pisos en venta

GUÍA PARA PISOS EN VENTA Y OTROS INMUEBLES    

 

  ANTES DE PONERLO A LA VENTA

 

  • Antes de poner tu inmueble a la venta o en alquiler tienes que estar totalmente convencido, piensa que los agentes inmobiliarios, así como cualquier otro profesional, va a invertir tiempo y dinero para ayudarte a cumplir tu objetivo. Infórmate de los gastos y impuestos que conlleva vender un inmueble Plusvalía Municipal (si hay beneficios) y ganancia patrimnial si hay beneficios. SI NO ESTÁS COMPLETAMENTE CONVENCIDO NO LO HAGAS, PORQUE PUEDE CAUSAR PERJUICIOS A TODOS LOS IMPLICADOS (VENDEDOR, AGENTE, COMPRADOR)...
  • Prioriza inmobiliarias locales y no inmobiliarias online que anuncian que no pagas comisiones, eso no es cierto, nadie trabaja gratis. 
  • Antes de decidirte por contratar a uno o varios agentes inmobiliarios, revisa su página web, los servicios que ofrece y las valoraciones de otros usuarios en internet, la fuente más común es Google. Es importante que el agente tenga servicios de financiación para sus clientes, esto ayudará a la venta de tu inmueble, lo más importante no es encontrar un posible comprador sino obtener financiación.

CUANDO EL AGENTE INMOBILIARIO VISITA TU INMUEBLE

 
  • Cuando el agente vaya a hacer el reportaje fotográfico intenta tener el inmueble lo más recogido posible para que las fotografías sean de la máxima calidad.
  • Solicita al agente su número de AICAT (registro en la Generalitat de Catalunya) y certificado de tener contratado el correspondiente seguro de responsabilidad civil. Además de la obligación de estar inscrito, es recomendable que el agente esté colegiado, esto dará una garantía extra al propietario, Consultin está colegiada en el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Barcelona con número A11363. Todo agente inmobiliario tiene la obligación de estar inscrito en el registro de la Generalitat de Catalunya que le otorgará un número de AICAT y que conste su número en el encargo, así como de tener contratado un seguro de responsabilidad Civil vigente para los daños que pueda ocasionar a los propietarios. Consultin está registrado con el número de agente 2843 y tiene contratada la póliza número 8-6.273.568-T de Catalana Occidente. DEBES EXIGIR AL AGENTE SU ACREDITACIÓN Y COPIA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (Ley 18/2017 del derecho a la vivienda).
  • Para poner un inmueble a la venta o en alquiler, el agente inmobiliario tiene la obligación de suscribir un encargo de servicios con los propietarios con letra clara, entendible y legible, donde se reflejará de forma clara y concisa los datos del agente con número de AICAT, los propietarios, la fecha, la propiedad en venta o alquiler, el precio para el propietario, los honorarios del agente, la duración y las obligaciones y derechos de las partes que deberán ser proporcionales, en ningún caso podrán existir cláusulas abusivas ni aquellas que el cliente no esté de acuerdo. SI NO HAS SUSCRITO UN ENCARGO DE SERVICIOS CON EL AGENTE, NO PODRÁ PUBLICAR NI COMERCIALIZAR TU INMUEBLE, SERÍA CAUSA DE INFRACCIÓN (Ley 18/2017 del derecho a la vivienda). 
  • Como consumidor, deberás leer el encargo de servicios antes de firmarlo y si algo no entiendes deberá ser aclarado por el agente inmobiliario. SI NO ESTÁS DE ACUERDO O NO LO ENTIENDES NO FIRMES HASTA QUE LO MODIFIQUEN.
  • No pagues por adelantado, en el sector inmobiliario NO es usual pagar honorarios por adelantado en el momento de poner el inmueble en venta o alquiler. Tampoco es habitual tener que pagar honorarios sin que vendan o alquilen tu inmueble como obligan algunas inmobiliarias online que han surgido últimamente.
  • El encargo en exclusiva es beneficiario para el agente y el propietario siempre que elijas un agente totalmente cualificado, pregúntale sus beneficios o servicios extras que ofrecen por la exclusiva. Alquilar o Vender de forma particular o con un agente ilegal puede llevar CONSECUENCIAS ECONÓMICAS GRAVES.
  • Para vender o alquilar un inmueble tienen que autorizarlo todos los titulares y hay que disponer obligatoriamente de la cédula de habitabilidad o en su defecto certificado de transmisión y el certificado de eficiencia energética, éste último es obligatorio antes de publicar el inmueble. PUBLICAR UN INMUEBLE SIN CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA PUEDE CONLLEVAR GRAVES SANCIONES ECONÓMICAS (Real Decreto 235/2013, de 5 de Abril).

DESPUÉS DE FIRMAR EL ENCARGO DE VENTA

 
  • Es importante que todos los agentes y el propietario anuncien el inmueble al mismo precio, el cliente debe marcar el precio de publicación a los agentes, tener diferentes precios en internet genera desconfianza al comprador y hará que éste negocie con todos los agentes para obtener un precio más bajo. Esto acabará repercutiendo negativamente al propietario y puede derivar en incumplimientos del encargo de venta.
  • Posteriormente a la firma del contrato, el cliente tiene derecho de desistimiento de 14 días sin penalización alguna, salvo al pago de los servicios ya prestados por el agente inmobiliario previos al desistimiento si siempre que éstos se hayan pactado previamente en el contrato. Este derecho deberá constar por escrito en todos los encargos de servicios y el cliente deberá ser informado por el agente inmobiliario. SI NO CONSTA ESTE DERECHO DE DESISITIMIENTO EN EL CONTRATO, EL PLAZO SE AMPLIARÁ A 12 MESES (Ley 3/2014 de 27 de marzo de defensa de los consumidores y usuarios).
  • En cualquier momento el cliente puede desistir del encargo de servicios, AUNQUE SEA EN EXCLUSIVA, si ha vendido o alquilado el inmueble por otra vía, abonando la parte proporcional de los trabajos prestados por el agente debidamente pactadas y acreditados o las cantidades de desistimiento siempre y cuando hayan sido pactadas en el encargo, que NO podrán ser las mismas cantidades si el agente ha dado cumplimiento total al encargo que si no ha conseguido la finalidad del mismo. NO SOLO EL PROPIETARIO TIENE QUE ESTAR OBLIGADO A INDEMNIZACIÓN POR INCUMPLIMIENTO, SINO EL AGENTE INMOBILIARIO TAMBIÉN, LAS CANTIDADES TIENEN QUE SER PROPORCIONALES Y RECÍPROCAS.
  • Actualmente se venden la mayoría de los inmuebles que están a precio de mercado, si no hay visitas a tu inmueble, posiblemente se trate porque está a un precio superior de mercado, habla con el agente inmobiliario que más confianza te otorgue y busca una solución.

Si tienes alguna duda de la guía para pisos en venta o cualquier problema inmobiliario, puedes contactar con nosotros y te ayudaremos a resolverlo, somos expertos en derecho inmobiliario titulados.

Atentamente.
Iván Rodríguez (director)
Tel.620.920.951  
 
agente inmobiliario Manresa
 
Encontrar pisos en Manresa con la inmobiliaria ConsultIn 2

Encontrar pisos en Manresa con la inmobiliaria ConsultIn

Para encontrar el mejor lugar para vivir en España, Manresa es una de las mejores opciones pues ofrece una gran oferta de compra y alquiler de pisos en Manresa. Para encontrar la vivienda perfecta hay que tener en cuenta muchos aspectos, y por ello es vital acudir a la agencia inmobiliaria correcta y contar con el asesoramiento adecuado, como se ha visto en Medio de comunicación.

¿Cómo encontrar los mejores pisos en Manresa?

El primer paso para encontrar el hogar ideal es definir las necesidades que debe satisfacer el inmueble. De este modo, se puede explicar al agente inmobiliario qué se está buscando exactamente. Para garantizar que todos los requisitos se cumplan, hace falta contar con la profesionalidad de una agencia inmobiliaria de prestigio. ConsultIn es la mejor opcion según la valoración de los clientes a la hora de comprar, vender o alquilar inmuebles en Manresa. Uno de los puntos fuertes es que cuenta con profesionales adaptados a cada necesidad.

Otro de los puntos fuertes de ConsultIn es la presentación de los inmuebles. Su descripción es detallada y va acompañada de diversas fotografías y tours virtuales. Este formato permite al cliente hacerse una idea fidedigna del piso antes de decidir si lo quiere visitar.

Requisitos para encontrar el piso perfecto

A la hora de definir los requisitos del inmueble, hay que tener en cuenta distintos factores. Uno de los más importantes es en qué zona se quiere vivir. ConsultIn ofrece un filtro que permite mostrar solo los inmuebles de la zona de interés, agilizando así el proceso de búsqueda.

Por otro lado, hay que tener en cuenta el espacio que se necesita en función de la ocupación y la finalidad del inmueble. La cantidad de habitaciones, su distribución y las prestaciones que ofrece son elementos importantes a la hora de seleccionar un piso. Además, hay que elegir entre pagar más por un piso amueblado o pagar menos por uno vacío con posibilidades de adaptarlo al propio gusto.

Encontrar un hogar es una decisión importante que requiere un proceso lento y complejo. Por lo tanto, es muy recomendable recurrir a profesionales con experiencia como la inmobiliaria en Manresa ConsultIn que, con toda su experiencia, guíe a cada uno durante todo el trayecto.

pisos en manresa

Que es un contrato de arras y qué tipos hay

Un contrato de arras es un elemento más en el negocio de las inmobiliarias. Este cuenta con una terminología específica que en ocasiones es difícil descifrar, sobre todo para las personas ajenas al mismo. Hablamos de qué es un contrato de arras y los tipos que existen. Para comenzar, es un tipo de acuerdo en el cual estamos otorgando la obligación de firmar un contrato más adelante. Puede decirse que es un compromiso en firme para la adquisición de una vivienda.

No es más que un contrato de carácter privado donde tanto el propietario como el comprador acuerdan por medio de un documento la reserva de la compraventa de un inmueble. Para ello, se establece la entrega de una cantidad de dinero, conocida como señal, y que sirve como garantía de reserva. Esta señal puede ser en metálico, transferencia bancaria o en un cheque, según se convenga entre ambas partes. Los tipos de contratos de arras son tres.

Conviene tener en cuenta que en los inmuebles adquiridos en Catalunya, se deben aplicar las disposiciones contenidas en el Libro VI del Código Civil Catalán desde el 1 de enero de 2018, relativo a las obligaciones y contratos, donde encontramos la regulación del contrato de arras, ya que se cuenta con una legislación diferenciada del resto del estado.

Los 3 tipos de contrato de arras

Arras confirmatorias

Es el comprador quién entrega una cantidad como prueba de haberse celebrado el contrato, o como garantía de su ejecución. Esta será restada más adelante del precio final del inmueble. Si una de las  partes incumple, la otra tiene el derecho de reclamar el cumplimiento del contrato o su resolución y una indemnización por daños y perjuicios. Puede considerarse como uno de los tipos de contratos de arras más comunes. En Catalunya, por defecto y siempre que no se indique lo contrario, los contratos de arras serán siempre confirmatorias, estando recogidas en el Artículo 621.8 del libro VI del Código Civil de Catalunya

Se debe especificar en el contrato, según el artículo 621.49 del libro VI del Código Civil Catalán si la devolución de ellas está sujeta a la aprobación de la financiación de los compradores, si no se especifica nada se entenderá que se devolverán si el comprador justifica que no pudo obtener la financiación.

Arras penitenciales

También son conocidas como arras de desistimiento. Cualquiera de las partes puede desistir del contrato, de hecho, es el único de los tres tipos de contrato de arras que lo permite. Si quien desiste es el comprador, perderá la cantidad entregada en concepto de señal. Si quien desiste es el vendedor, la cuantía a devolver como concepto de señal es el doble de lo inicialmente aportado. Se regulan en el Código civil, en el artículo 1454, en Catalunya están recogidas en el Artículo 621.8 del libro VI del Código Civil catalán y para que sean penitenciales, han de ser expresamente pactadas.

Arras penales

A diferencia de los dos anteriores, en el contrato de arras penales, la parte cumplidora tiene la opción de exigir la obligación del cumplimiento del contrato, con la correspondiente indemnización por daños y perjuicios, que deberán ser probados por la parte que lo demande en caso de haberse sentido vulnerados sus derechos. o bien resolver el contrato donde las arras constituyen una pena. Se regulan en los artículos 1154 y siguientes. En Catalunya están recogidas en el Artículo 621.8 del libro VI del Código Civil catalán

En caso de incumplimiento, las arras pueden tener que devolverse duplicadas pero, a diferencia de las penitenciales, solo se aplicaría este supuesto en el caso de que ambas partes lo hubieran así pactado.

Es muy importante tener claros estos conceptos si se firma cualquiera de los 3 tipos de contratos de arras, tanto por parte del vendedor como del comprador y ambos deben  conocer sus correspondientes derechos y obligaciones.

firma de contrato de

Lo que debo saber sobre el contrato de arras

A la hora de firmar un contrato de arras, hemos de tener en cuenta factores como el precio, el tipo de inmueble, y nombre de las partes que intervienen. Siempre hemos de procurar que el contrato de arras con una inmobiliaria siempre contenga los siguientes aspectos:

La dirección exacta del inmueble, así como el plazo máximo para formalizar la compra venta.

Cuál es el precio acordado de venta. Si se trata de una vivienda totalmente nueva, siempre debemos hacer constar el precio de la misma, el IVA, así como el porcentaje de la comisión de la inmobiliaria o quién haya hecho de intermediario si ésta no está incluida en el precio de compra.

Siempre debe registrarse  el nombre de todas las personas intervinientes y que firmen el documento como propietarios. Mención especial merece el caso de matrimonios celebrados en régimen de separación de bienes, siempre y cuando el inmueble sea la vivienda conyugal, en ese caso deberán firmar ambos aunque solo uno de ellos sea el propietario.

Además en Catalunya, la  Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda , en su Tiitulo IV, Capítulo VI, establece que antes de entregar cualquier cantidad a cuenta, el comprador debe tener información relevante de los gastos que afectan al inmueble así como otra documentación referente al inmueble, que varía si se trata de un inmueble en construcción, de obra nueva o de segunda transmisión o posteriores, viéndose esta ampliada si la cantidad a entregar sobrepasa el 1 % del valor total de la compra.

Igualmente en el momento de ofertar la vivienda si ésta es una vivienda acabada, deberá disponer del certificado energético de conformidad con el Real Decreto 235/2013 , de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

¿Tienes claro ahora cuáles son los 3 tipos de contrato de arras? Esperamos haberte ayudado con una terminología que suele asustar de primeras, pero que sin embargo es totalmente necesaria a la hora de formalizar la compra-venta de un inmueble.

Si tienes cualquier duda referente a los contratos de arras, recuerda que puedes contactar con nosotros y te las resolveremos.

ayudas para autónomos

Ayudas para autónomos y sociedades para el pago de arrendamientos de uso distinto a vivienda por el COVID-19

El Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, publicado en el BOE y que entra en  vigor al día 23 de abril, incorpora una serie de ayudas para autónomos y empresas en el pago de la renta de los arrendamientos de uso distinto al de vivienda y de las que se pueden beneficiar autónomos y pymes.

¿ EN QUE CONSISTEN ESAS AYUDAS PARA AUTÓNOMOS Y EMPRESAS EN EL PAGO DEL ALQUILER Y QUE REQUISITOS  SE NECESITAN PARA SOLICITARLAS?

 

Cuando el propietario es una entidad pública, empresa o Gran tenedor.


Propietario:

Empresa o entidad pública de vivienda o un gran tenedor (se entiende por gran tenedor la persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o  inmuebles de una superficie construida de más de 1.500 m2).

Arrendatario:

Persona física o jurídica.

Moratoria obligatoria para la propiedad, salvo que haya pacto previo:

Se aplicará de manera automática por todo el tiempo que dure el estado de alarma así como  sus prórrogas y por cada una de las mensualidades siguientes, prorrogables  de una a una, hasta un máximo de 4, según el impacto provocado por la COVID-19 en el arrendatario.

Plazo para solicitarlo:

Un mes desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley (23 de abril a 23 de mayo)

Penalizaciones y/o intereses:

Sin aplazamieno y pago. Mediante cuotas mensuales hasta un plazo máximo de dos años  y, en cualquier caso, siempre dentro del plazo de vigencia del contrato de arrendamiento o cualquiera de sus prórrogas. Estas se contarán a partir del momento en el que se supere la situación derivada del impacto de la COVID-19 o a partir de la finalización del plazo máximo de los cuatro meses antes citado.

Cuando el propietario no es ninguno de los descritos anteriormente.

 

Propietario:

Es distinto a los casos descritos en el apartado anterior.

Arrendatario:

Persona física o jurídica.

Aplazamiento y/o rebaja:

Potestativo. La propiedad no está obligada a aceptar, podrán llegar a un acuerdo si así lo desean.

Plazo para solicitarlo:

Un mes desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley (23 de abril a 23 de mayo).

Fianza:

Existe la posibilidad, mediante acuerdo entre arrendador y arrendatario, de aplicar la fianza al pago total o parcial de las rentas afectadas. En este supuesto, el arrendatario deberá reponer la fianza dentro del año siguiente al acuerdo o en el plazo que reste de vigencia del contrato, en caso de que este plazo fuera inferior a un año.

oficina de consultin

Requisitos para acceder a las ayudas para autónomos y empresas.

 

Para los autónomos:

a) Que estuviera en situación de alta de autónomo en el momento de la declaración de estado de alarma.

b) Que su actividad haya sido suspendida como consecuencia del estado de alarma o por órdenes dictadas por la Autoridad competente y las Autoridades competentes delegadas al amparo del Real Decreto de declaración del estado de alarma.

Las circunstancias anteriores se acreditan mediante certificado expedido por la AEAT u organismo competente de la Comunidad Autónoma sobre la declaración de cese del interesado.

En el supuesto de que su actividad no se vea directamente suspendida por el Decreto que declaraba el estado de alarma, deberá acreditar la reducción de la facturación del mes natural anterior al que se solicita el aplazamiento en, al menos, un 75 por ciento, en relación con la facturación media mensual del trimestre al que pertenece dicho mes referida al año anterior.

Este extremo se acreditará inicialmente mediante declaración responsable del inquilino, sin perjuicio de la posibilidad del propietario de requerir los libros contables.

Para  las  Pymes (Arrendamiento de inmueble afecto a la actividad)

a) Que no superen los límites de lo dispuesto en el artículo 257 de la Ley de Sociedades de Capital, es decir, que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de estas circunstancias:

  • Que el total de las partidas del activo no supere los 4 millones de euros.
  • Que el importe neto de su cifra de negocios anual no supere los 8 millones de euros.
  • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.

b) Que su actividad haya sido suspendida como consecuencia del estado de alarma o por órdenes dictadas por la Autoridad competente y las Autoridades competentes delegadas al amparo del Real Decreto de declaración del estado de alarma.

Las circunstancias anteriores se acreditan mediante certificado expedido por la AEAT o el organismo competente de la Comunidad Autónoma sobre la declaración de cese del interesado.

c) En el supuesto de que su actividad no se vea directamente suspendida por el Decreto que declaraba el estado de alarma, deberá acreditar la reducción de la facturación del mes natural anterior al que se solicita el aplazamiento en, al menos, un 75 por ciento, en relación con la facturación media mensual del trimestre al que pertenece dicho mes referida al año anterior.

Este extremo se acreditará inicialmente mediante declaración responsable del inquilino, sin perjuicio de la posibilidad del propietario de requerir los libros contables.

Estas son las ayudas para autónomos y empresas que ha aprobado el gobierno en fecha 23 de abril del 2020.

Inmobiliaria en Manresa

Así puede ayudarte una inmobiliaria en Manresa y además con Financiación al 100 %

La inmobiliaria en Manresa Consultin o cualquier otra inmobiliaria, son mucho más que una agencia dedicada a la compra-venta de inmuebles. Detrás de la labor comercial, hay una tarea compleja que tiene por objetivo la ayuda y el asesoramiento para con los clientes. Los agentes inmobiliarios son profesionales formados para dar un servicio eficaz y su labor es siempre la más adecuada en cualquier proceso de compra-venta. Son muchas las funciones que realiza una inmobiliaria, por lo que te invitamos a que descubras cuáles son.

Análisis del mercado inmobiliario

Los profesionales del sector inmobiliario conocen de primera mano cuáles son las características propias del mercado, cuál es el precio en el que se mueven las viviendas y locales, De esta forma, pueden ofertar a los clientes unos inmuebles a un precio realista, fuera de toda especulación y adaptado a las necesidades de lo que se está buscando. 

Asesoramiento comercial

Los agentes inmobiliarios profesionales realizan previamente una tarea de  estudio exhaustivo del mercado inmobiliario de su zona, asesoramiento e información muy importante, dando todo tipo de consejos a los futuros compradores. El boom inmobiliario y la especulación que se generó hizo que muchos particulares se aventuraran a una labor comercial para la que no estaban preparados. Una inmobiliaria conoce perfectamente el mercado inmobiliario y las tendencias, sabiendo lo que es más adecuado. Si posees un inmueble que desees vender o alquilar, acude a una inmobiliaria a gestionarlo.

Comprobar las viviendas

Una inmobiliaria hace una comprobación física de las viviendas para poder hacer una oferta real sobre ellas y que sirvan posteriormente para ajustar el precio más adecuado. Pero además, comprueba cuál es el estado de la vivienda en el registro de la propiedad, para saber si está libre de cargas o posee algún tipo de deuda pendiente. Con ello se evitan problemas futuros.

Estar en vanguardia

La labor de los profesionales del sector inmobiliario pasa por una continua formación, por lo que es necesario que este perfil esté siempre actualizado a las últimas novedades, así como la legislación referida al mercado inmobiliarios. De esta manera se pueden solventar todo tipo de dudas que pueda realizar un cliente referida a cualquier tipo de inmueble. De esta manera, es posible verificar todo el proceso de compra-venta, para que no existan irregularidades de ningún tipo.

Facilitar el proceso

Gracias a la gestión de las inmobiliarias, el proceso de compra-venta de un inmueble es mucho más sencillo. Tratar de hacer la gestión sin contar con una complica innecesariamente el proceso, alarga los plazos y probablemente, más que un ahorro suponga un coste añadido. Asuntos como la tramitación de la cédula de habitabilidad, o los certificados energéticos quedan rápidamente resueltos. Aprovechar los servicios de las inmobiliarias es fundamental para obtener el máximo beneficio.

Financiación  al 100 %, las mejores opciones

Entre los cometidos de una inmobiliaria se encuentra el de buscar la mejor manera de financiar la compra del inmueble si fuera necesario. Los costes asociados a un proceso de compra son siempre elevados, por lo que son muchas las personas que se decantan por la financiación como una medida cómoda de pagar. Igualmente, los gastos de escritura, notaría y demás han de ser abonados. La inmobiliaria puede ofrecerte los menos servicios financieros para que tu sueño sea posible, la inmobiliaria en Manresa Consultin está registrada en el Registro estatal de Intermediarios financieros y te ayudarán a encontrar la financiación al 100 %.

¿Reformas? Las empresas que pueden ayudarte

Al igual que ocurre con la financiación, una inmobiliaria suele estar en contacto con empresas que pueden acometer las reformas necesarias para que el inmueble sea un lugar habitable. Es un servicio que nunca está de más conocer, ya que las reparaciones y reformas necesarias para poner un local en marcha son siempre una constante.

¿Ves como una inmobiliaria es siempre una garantía de ayuda? Gracias a la labor que desarrollan sus profesionales, las transacciones comerciales siempre son satisfactorias para todas las partes implicadas. Nunca dejes de lado a una inmobiliario si quieres tener éxito en tu operación.

¿A que inmobiliaria en Manresa acudir para obtener financiación, comprar, vender o alquilar?

SI buscas una inmobiliaria en Manresa  que conozca con exactitud la mejor forma de financiación y el mercado inmobiliario de su zona para comprar, vender o alquilar un piso, casa, local o cualquier otro inmueble, consulta antes con los profesionales de la Asesoría Consultin, ellos te ayudarán y te asesorarán para que tu operación inmobiliaria sea un éxito y no tengas sorpresa.

mercado inmobiliario tras el COVID-19

El mercado inmobiliario tras el COVID-19: Retos para sortear un futuro incierto

El mercado inmobiliario tras el COVID-19 es una incógnita. La pandemia está causando verdaderos estragos ya no solo en el ámbito de la salud, sino en el económico. La cantidad de empleos destruidos, unido a la pérdida de poder adquisitivo que esto tiene como consecuencia puede hacer tambalearse al sector inmobiliario. Tras la gran crisis provocada en 2008, donde el descenso de la compra-venta de inmuebles y de la solicitud de hipotecas, parece ceñirse un futuro incierto sobre el sector. ¿Qué escenario se presentará en el mercado inmobiliario tras el COVID-19?

El mercado inmobiliario tras el COVID-19

 

La suspensión de actividades provocadas por el estado de alarma ha generado mucho temor, ya que al producirse prácticamente de golpe, los propietarios y arrendatarios no tuvieron apenas tiempo de reacción. El sector inmobiliario se ha visto sorprendido, y en cuanto se levanten las restricciones aplicadas por el gobierno, gran parte de las operaciones de compra-venta que quedaron pendientes podrán resolverse. Los impagos en alquileres de locales comerciales también habrán sufrido un repunte, dado el cese de actividades esenciales. El mercado inmobiliario tras el COVID-19 ha generado un escenario prácticamente inédito.

Sin embargo, el tema de los alquileres de locales comerciales es el que puede pasar por una mayor incertidumbre. Muchos autónomos se han visto en la estacada, y aunque ya comienzan a hacerse efectivos los planes gubernamentales de ayuda, como créditos ICO y moratorias en los pagos de impuestos, puede que mucha de estos profesionales no tengan más remedio que postergar sus planes de negocio para un futuro menos incierto. Es pronto para decir todavía cómo será el futuro del mercado inmobiliario, pero hay razones para la esperanza.

El mercado inmobiliario tras el COVID-19 tirará de la economía

 

Hay razones para pensar que el mercado inmobiliario tras el COVID-19 será uno de los factores claves para poder ponerse en cabeza y demostrar su fortaleza. esa fue una de las conclusiones a las que se llegó en el segundo encuentro digital SIMAPRO HOMEEDITION y que tuvo lugar hace apenas diez días. Este encuentro digital, en el que se dieron cita destacados ponentes del sector del inmueble, vino a incluir que el “sector inmobiliario será uno de los salvavidas de la recuperación económica y del empleo”, todo ello cuando la crisis sanitaria global se disipe y la vida vuelva a un estado de normalidad.

Aunque las medidas que el gobierno central han propiciado para la recuperación económica de los afectados, los ponentes concluyeron que son necesarias sólidas decisiones a medio y largo plazo para dar seguridad. De lo que no cabe duda es de la fortaleza del este sector, queda tuvo que enfrentarse hace mas de una década a una crisis provocada por la explosión de la burbuja inmobiliaria.

Salir de la generada por el COVID-19 demostrará la solidez del mundo del inmueble. No solo se trata de demostrar fuerza, las relaciones con los clientes han de salir reforzadas y así poder dar soluciones certeras. Por ejemplo, se ha cambiado la manera en la que se gestionan las operaciones, internet ha hecho el mundo mucho más pequeño en este sentido.

Recuperar la actividad, las visitas, volver a poner en marcha esos contratos que han quedado pendientes serán los factores principales para que el sector inmobiliario pueda ser un verdadero motor económico. El repunte de la actividad por medio de internet será un punto determinante en este proceso, todavía incierto, pero que ha de servir para repensar en lo que se quiere hacer y cómo. Si el sector inmobiliario es capaz de demostrar profesionalidad durante la crisis del COVID-19, la vuelta a la normalidad puede estar cargada de optimismo, y tendrá el objetivo de ser la cabeza tractora de la economía española, que en gran parte descansa sobre el sector del ladrillo.

 

impago del alquiler

Efectos fiscales en el impago del alquiler

 

En esta situación tan extraordinaria en la que nos encontramos, los arrendadores de inmuebles pueden encontrarse ante un impago del alquiler por parte de su inquilino, una solicitud de condonación de la misma o una moratoria, lo que conllevará unos efectos fiscales diferentes en función de cuál sea la situación. El impago del alquiler no exime al propietario del inmueble de sus obligaciones.

A continuación, te detallamos cuáles son las posibles situaciones que se pueden dar ante un impago del alquiler por los arrendatarios:

CUANDO  EXISTE IMPAGO DEL ALQUILER SIN ACUERDO ENTRE LAS PARTES

En el supuesto en que sea el inquilino el que unilateralmente decide no pagar el arrendamiento sin llegar a ningún acuerdo previo, si se trata de un local, igualmente debería liquidar el IVA correspondiente a este alquiler. En IRPF el devengo de la renta tributaria será como rendimiento de capital inmobiliario, ya sea de un local o de una vivienda. Si el cobro de la renta no se realizara antes de los seis meses, se podría aminorar estos ingresos por morosidad e instar un proceso moratorio para el cobro de la renta, pudiendo, en el caso de alquileres de locales, solicitar la rectificación del IVA declarado en su momento.

CUANDO EXISTE ACUERDO DE CONDONACIÓN DE LA DEUDA

En el supuesto en que haya acuerdo entre las partes de condonación de alquiler, la suspensión del pago de la renta equivaldría a la cesión gratuita del inmueble durante el plazo pactado, por motivos propios de la actividad económica y no estaría sujeta a IVA.

Si el propietario del inmueble es persona física, en su declaración de IRPF debería imputar las rentas inmobiliarias del inmueble correspondiente al periodo condonado a razón del 1,1% o 2% del valor catastral, en función de si este se encuentra revisado o no en los últimos 10 ejercicios. En este periodo, no se podrían deducir gastos del inmueble.

CUANDO EXISTE ACUERDO DE MORATORIA DE PAGO DE LA RENTA

En el supuesto en que el impago del alquiler sea por un acuerdo de moratoria en el pago de la renta, el propietario no deja de cobrar las rentas, sino que se aplazan temporalmente y la cantidad aplazada sigue siendo una deuda por parte del inquilino. Por lo tanto, se devengará, en su caso, el IVA en el momento en que el pago de la renta sea efectivo.

Esto nos puede llevar a un acuerdo en que se realice un pago parcial de la renta, un 30% en el mes en curso, y el resto se pacte a los 3 meses. En esta situación, se reportaría inmediatamente el IVA del 30% y dentro de tres meses el IVA del 70% restante.

El mismo criterio se aplicaría para el caso del IRPF. En cuanto a la retención, ésta se devengará en el momento en que efectivamente se efectúe el pago.

Por lo tanto, es recomendable que el pacto alcanzado entre propietario e inquilino se documente por escrito para poder demostrar que no nos encontramos ante un impago del alquiler, sino ante un acuerdo entre propietario e inquilino. Este documento beneficia a ambas partes y se hace imprescindible ante posibles reclamaciones.

Si tienes alguna duda contacta con Consultin y te ayudaremos a solucionarlas. También te ayudaremos a mediar con tu inquilino o propietario si no podéis llegar a un acuerdo.

Por este motivo, te hacemos llegar unos modelos de documento para la novación de la renta de vivienda o local, que podrás adaptar según sea un caso de condonación de la deuda o moratoria.

DESCARGA LAS PLANTILLAS DE DOCUMENTOS 

 

 Novacion de renta de vivienda (Español).

Novación de renta de vivienda (Catalán).

Novación de renta de local  (Español).

Novación de renta de local (Catalán).

Liquidación de impuestos

Ampliado hasta el 20 de mayo el plazo de liquidación de impuestos

SE AMPLIA EL PLAZO DE LIQUIDACIÓN DE LOS IMPUESTOS HASTA EL 20 DE MAYO.

Se amplía hasta el 20 de mayo de 2020 el plazo para aquellas declaraciones y autoliquidaciones el vencimiento de las cuales se produzca entre el 15 de abril y el 20 de mayo de 2020. Así se especifica en el Real Decreto Ley 14/2020 , de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias, publicado en el BOE de hoy, 15 de abril.

¿A QUE IMPUESTOS SE APLICA?

Esto se aplica sólo a la liquidación de impuestos cuya competencia corresponda a la Administración Tributaria del Estado, quedando excluidos, por tanto, los tributos locales, los cedidos y propios de las comunidades autónomas como el ITP de la compra de inmuebles o ISD, así como los de los territorios forales.

¿A QUIEN AFECTA?

La prórroga afecta únicamente a obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros al año 2019. Para autoliquidaciones con domiciliación bancaria, el plazo de presentación se amplía hasta el 15 de mayo de 2020. Con independencia del momento de la presentación, todos los cargos se realizarán el 20 de mayo. Esto incluye también las declaraciones presentadas antes del 15 de este mes.

¿ A QUIEN NO AFECTA?

Esta extensión de plazo no afecta ni a los grupos fiscales que tributen en régimen de consolidación fiscal del IS ni a los grupos de entidades que tributen en régimen especial de grupos de entidades del IVA, con independencia del importe neto de la cifra de negocios y del volumen de operaciones en uno y otro caso.

IVA

La anterior ampliación de plazo es independiente de la solicitud de aplazamiento de pago especial establecido en el artículo 14 del, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, el importe máximo del cual es de 30.000 € y con un plazo de seis meses, los tres primeros sin intereses.

EL retraso en la liquidación de impuestos ha dado un poco de oxígeno a empresas y autónomos, pero éstos siguen reclamando otras medidas más favorables.