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Tus datos bajo el más estricto secreto profesional.
Consulta el estado de tu caso cuando quieras.
3 sencillos pasos para saber si puedes cancelar tus deudas
Responde a unas breves preguntas sobre tu situación económica y tus deudas actuales.
Nuestro sistema analiza tus datos para darte una primera orientación sobre tus posibilidades reales.
Un abogado competente revisará tu caso a fondo para iniciar el proceso de cancelación de tus deudas.
Descubre si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad
Paso 1 de 8
Antes de comenzar, necesitamos algunos datos para poder contactarte y asignarte un abogado especialista.
Aviso: Este test es orientativo y NO constituye asesoramiento jurídico.
Necesitamos saber tu situación para orientarte correctamente.
Indica tus ingresos y gastos mensuales aproximados para evaluar tu capacidad de pago.
Estas preguntas nos ayudan a determinar si existe una situación de insolvencia actual o inminente.
Necesitamos conocer tus bienes para evaluar la mejor vía (plan de pagos o liquidación).
Indica el importe aproximado de cada tipo de deuda. Deja en blanco las que no apliquen. ? No todas las deudas son exonerables. Las pensiones de alimentos, responsabilidad civil por daños personales/muerte y ciertas multas muy graves no se cancelan (art. 489 TRLC).
| Tipo de deuda | Importe aprox. (€) |
|---|---|
| Tarjetas de crédito | |
| Préstamos / microcréditos | |
| Proveedores / autónomos | |
| Alquiler impagado | |
| Multas / sanciones | |
| Alimentos (pensiones) |
Estas preguntas son necesarias para evaluar la viabilidad correctamente. Solo necesitamos una respuesta sí/no, sin detalles.
Basándonos en tus respuestas, esta es nuestra orientación preliminar:
Recuerda: Este resultado es orientativo. Un abogado especializado revisará tu caso en detalle durante la consulta gratuita.
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Resolvemos tus dudas más comunes
En general, deudas ordinarias y subordinadas (préstamos, tarjetas, facturas). Las deudas con Hacienda y Seguridad Social tienen límites específicos (hasta 10.000€ cada una) y un plan de pagos especial.
No necesariamente. Con la reforma de 2022, es posible optar por un plan de pagos conservando la vivienda, siempre que se cumplan ciertos requisitos y se esté al corriente de la hipoteca.
Los plazos varían según el juzgado y la complejidad del caso, pero la media orientativa actual se sitúa entre los 6 y 18 meses.
Significa que la insolvencia no debe haber sido provocada intencionadamente, no tener antecedentes penales por delitos socioeconómicos recientes, y haber colaborado con el proceso.
Sí, tanto particulares como autónomos pueden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Es uno de los mecanismos más utilizados por trabajadores por cuenta propia con deudas derivadas de su actividad.
Elige la opción que mejor se adapte a ti