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¿ QUE ES LA CÉDULA DE HABITABILIDAD?

La cédula de habitabilidad es un documento administrativo que acredita que una vivienda cumple las condiciones mínimas de habitabilidad que prevé la normativa vigente y es apto para ser destinado a residencia de personas, sin perjuicio de que se desarrollen otras actividades autorizadas. Se trata de un documento que acredita las condiciones objetivas de habitabilidad de una vivienda, con independencia de sus titulares u ocupantes. Existen tres tipos de Cédulas en función de la antigüedad del inmueble: – De primera ocupación: corresponden a las viviendas de nueva construcción. – De segunda ocupación: se refiere a las viviendas que ya existen. – De primera ocupación de rehabilitación: para aquellas viviendas en las que se ha realizado una rehabilitación de la misma.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?

A las personas propietarias de la vivienda, administradoras o representantes autorizados. La cédula de habitabilidad es necesaria para transmitir una vivienda en venta, alquiler o cesión de uso, en primera transmisión o en posteriores (salvo los supuestos de exoneración previsto en la normativa vigente). También sirve para darse de alta los servicios de agua, electricidad, gas, telecomunicaciones y otros servicios.

¿QUE CONTIENE EL DOCUMENTO ?

Tanto la Cédula de Habitabilidad como la calificación definitiva deben disponer de los siguientes datos:

– Dirección y ubicación de la vivienda.
– Superficie útil de la vivienda.
– Habitaciones y espacios que conforman la vivienda.
– Umbral máximo de ocupación.
– Identificación del técnico habilitado que ha llevado a cabo el certificado.

¿ CUANTO DURA ?

Las cédulas de habitabilidad actuales tienen una duración de 15 años.

EN CONSULTIN TE TRAMITAMOS LA CÉDULA DE HABITABILIDAD, CERTIFICADO ENERGÉTICO Y LA ITE (INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIO).

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA TRAMITAR LA CÉDULA DE HABITABILIDAD :

DNI y datos del titular/es inmueble:
Teléfono de contacto:
E-mail: Datos catastrales:

NUESTRAS TARIFAS:

Certificado de eficiencia energética:                        95 € + IVA       (114,95 €)
Cédula de habitabilidad segunda ocupación:          90 € + IVA       (108,90 €)
Los dos trámites:                                                     175 € + IVA      (211,75 €)
Cédula + Certificado + Plano de la Vivienda           200 €  + IVA     (242 €)
Cédula de primera ocupación:                                 Presupuesto a medida
ITE:                                                                          Presupuesta a medida

FORMA DE PAGO

Transferencia a favor de GRUPO ESTOMOLA SLU en el IBAN ES64 2085 8290 9603 3012 5335
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* Precio por viviendas con cédula caducada o previas al 1.984. Precio no válido para viviendas posteriores al 1.984 que no hayan tenido nunca cédula.

** Supuestos de exoneración de la obligación de entregar la cédula:

En el supuesto de transmisión de viviendas que no sean de nueva construcción, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, las personas adquirentes de una vivienda pueden exonerar de forma expresa las personas transmitentes de la obligación de entregarles la cédula de habitabilidad en los siguientes supuestos:

Primero. Cuando la vivienda usada o preexistente deba ser objeto de rehabilitación o de derribo. En el supuesto de rehabilitación, la exoneración conlleva la obligación de presentar al fedatario público autorizando un informe emitido por una persona técnica competente , en el que se acredite que la vivienda puede obtener la cédula de habitabilidad una vez ejecutadas las obras de rehabilitación necesarias para cumplir la normativa técnica de habitabilidad.

RECUERDA QUE ES OBLIGATORIO TENER LA CÉDULA DE HABITABILIDAD PARA ALQUILAR O VENDER SU INMUEBLE O EL CERTIFICADO DE TRANSMISIÓN SI LO VENDE PARA REFORMAR.